LA ORGANIZACION ADMINISTRATIVA COSTARRICENSE
Inventario
Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes
Naturaleza jurídica: Organo desconcentrado adscrito al Ministerio de Justicia.
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Presupuesto
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96 |
97 |
98 |
99 |
2000 |
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Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes |
149.8* |
671.3* |
231.7* |
1.009 |
1,474,507.8 |
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Leyes
Creado por Ley 4672 de 8 de mayo de 1971
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Reglamentos
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Funciones
a) Realizar las inversiones y licitaciones para la obtención de los bienes que se adquieran con los fondos específicos que establece la ley número 4021 y otros que en el futuro se asignen con los mismos propósitos;
b) Vender directamente los productos excedentes, provenientes de
las actividades agropecuarias, industriales y artesanales del sistema penitenciario, a dependencias del Estado, instituciones autónomas, o al sector privado;
c) Atender, con el producto a que se refiere el inciso anterior, los gastos por remuneración, servicios, suministros y materiales destinados a la operación de las mencionadas actividades agropecuarias, industriales y artesanales.
ch) Disponer de los recursos que se obtengan por cualquier medio, para el mantenimiento y la construcción de la infraestructura penitenciaria, incluida la adquisición de bienes y la contratació de servicios, así como para el mejoramiento de las condiciones de los internos en el Sistema Penitenciario, a efecto de lograr un mayor respeto de los Derechos Humanos. Con el fin de que los salarios pagados a los internos cumplan los propósitos educativos y sociales pretendidos, se reglamentará debidamente su distribución, tomándose en cuenta que deben cubrirse cuatro aspectos: atención familiar; gastos administrativo causados; indemnización civil si la hubiere y ahorro personal.
Para estas actividades productivas, se llevará una contabilidad por separado de acuerdo a las normas que dicte la Contraloría General de la República.Al final del ejercicio fiscal, los beneficios resultantes del balance, junto con cualquier otro recurso destinando al incremento de estas actividades, se presupuestará específicamente con el mismo objeto. Para estos fondos se abrirá una cuenta especial en un Banco del Estado.Los cheques serán firmados por un representante de la Corte y otro del Poder Ejecutivo, según lo autorice el Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes; la ContraloríaGeneral de la República fiscalizará la inversión de estos fondos.
(Así reformado por los artículos 1º de la Ley Nº 5388 de 19 de octubre de 1973 y 99 de la Nº 7097 de 18 de agosto de 1988).
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Competencias
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Organigrama
.- El Patronato se integraráen la forma siguiente:
El Ministro de Gobernación y Justicia, quien lo presidirá, dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia, o sus representantes, y dos representantes del Poder Ejecutivo.
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Regionalización
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Ubicación
Teléfono:
Dirección: