
COSTA RICA
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Diario Oficial La Gaceta No.185
Leyes - Proyectos de Ley - Decretos - Acuerdos - Contratación Administrativa
N° 27306-MTSS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
En ejercicio de las atribuciones concedidas por los artículos 140 inciso 3, l8 y 20 de la Constitución Política, 25 aparte 1, 2, 7, aparte 2 acápite b) de la Ley General de Administración Pública, artículo 2l del decreto N° 256l9 del 16 de setiembre de 1996, artículo 10, decreto Ley N 832 del 4 de noviembre de 1949 y sus reformas.
Considerando:
l°—Que la ley N° 7l38 del 24 de noviembre de l989, establece la potestad del Poder Ejecutivo para remunerar las dietas de los miembros de las juntas directivas nombradas por el Poder Ejecutivo serán aumentadas anualmente de conformidad con el índice de inflación que determine el Banco Central de Costa Rica.
2°—Que según las disposiciones de esta ley y el índice de inflación determinado por el Banco Central para el año l 997, para este año las dietas se deben fijar en la suma de ¢10.208,75 (diez mil doscientos ocho colones con setenta y cinco céntimos coda dicta).
3°—Que es legalmente posible utilizar la misma ley como parámetro para la fijación de las dietas que corresponden al Consejo Nacional de Salario.
4° Que los miembros Directores del Consejo Nacional de Salarios designados por el Poder Ejecutivo cumplen una función de interés público y contribuyen para el mejoramiento de las relaciones laborales y patronales y a mejorar la paz social.
DECRETAN:
Artículo 1°—Modificar los artículos 21 y 41 del Reglamento del Consejo Nacional de Salarios publicado mediante decreto N° 25619 publicado en "La Gaceta" 229 del 28 de noviembre de 1996 y Reformado mediante decreto 25922-MTSS del 31 de enero de 1997, publicado en "La Gaceta" N° 68 del 9 de abril de 1997.
Para que se lean así:
"Artículo 21.—De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto Ley 832 del 4 de noviembre de 1949 y sus reformas los miembros del Consejo Nacional de Salarios, propietarios y suplentes y Secretario, devengarán por coda sesión a la que asistan una dieta igual a la que reciben los miembros de las Juntas Directivas, de las instituciones Autónomas. En todo case solo serán remuneradas 5 sesiones por mes, incluyendo ordinarios y extraordinarias, tanto para los Directores como para el Secretario. En el case del Secretario no se cancelarán más de cincuenta dietas anuales, siempre que sus labores sean en horas extraordinarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 in fine de la Ley 832 del 4 de noviembre de l949 y sus reformas."
"Artículo 42.—El Secretario devengará en calidad de dieta por coda sesión celebrada a la que asista una cantidad económica igual a la percibida por los directores, sin embargo el número de dietas no excederá de 50 al año. El case del Secretario constituye una excepción a las disposiciones del artículo cuarto de la Ley de Administración Financiera de la República, tal y como lo establece el Decreto Ley 832 del 4 de noviembre de l949 y sus reformas."
Artículo 2°—Se fijan las dietas de este Consejo en la suma de ¢ l0.208,75 por coda dicta, las cuales se modificarán automáticamente coda vez que se aumenten las dietas de las Instituciones Autónomas.
Artículo 3°-Deróguese el Decreto N° 25603-MTSS del 9 de setiembre de l996, publicado en "La Gaceta" N° 219 del l4 de noviembre de 1996.
Artículo 4°—Rige a partir del 1° de junio de 1998.
Dado en la Presidencia de la República, a las ocho horas del doce de agosto de 1998.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Víctor Morales Mora.—l vez.—(Solicitud N° l 318).-C-5050.—(59635).
N° 27307-MAG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA,
En uso de las facultades conferidas en el artículo l40, incisos 3) y 18) de la Constitución Política y las leyes N° 7064 de 29 de abril de l987 y N° 6227 de 2 de mayo l978;
Considerando:
1°—Que uno de los objetivos fundamentales del Gobierno de la República es procurar la utilización racional de los recursos naturales del país, que permita una producción agropecuaria y forestal sostenida con un mínimo deterioro del ambiente.
2° -Que el conocimiento detallado de la capacidad de uso de los suelos, su manejo y conservación es un requisito esencial para asegurar una alto productividad agropecuaria y forestal.
3°-Que el análisis químico de suelos, plantas y aguas constituye una valiosa herramienta para mejorar el manejo de los suelos mediante un uso racional de fertilizantes y enmiendas.
4°—Que las actividades de investigación en análisis, fertilidad y química de suelos, a nivel nacional, han carecido de la organización y los recursos técnicos y financieros necesarios.
5° Que en el país existen varios laboratorios de análisis de suelos plantas y aguas en las distintas instituciones y entidades estatales y privadas del sector agropecuario, sin que exista entre ellas una adecuada coordinación que permita una optimización de los recursos, mediante la elaboración conjunta de planes, metes y estrategias de trabajo.
6°—Que a través del Decreto Ejecutivo N° l 939 l de 7 de noviembre de l989, publicado en "La Gaceta" N° 11 de 16 de enero de 1990, se creó el Comité de laboratorios de Análisis de Suelos, Plantas y Aguas, el cual por el tiempo transcurrido se hace necesario reformularlo a las necesidades del Sector. Por tanto;
DECRETAN:
Artículo l°—Créase un Comité de laboratorios de Análisis de suelos, Plantas y Aguas del Sector Agropecuario con énfasis en fertilidad de suelos y nutrición de plantas.
Este Comité estará integrado por:
l) Un representante de la Dirección de Investigaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
2) Un representante del Centro de Investigaciones Agronómicas de la Universidad de Costa Rica.
3) Un representante de la Corporación Bananera Nacional (CORBANA).
4) Un representante de Banana Development Corporation of Costa Rica (BANDECO).
5) Un representante de Fertilizantes de Centroamérica Costa Rica, S. A. (FERTICA).
6) Un representante de la Compañía Costarricense del Café, S. A. (CAFESA).
7) Un representante del Instituto del Café de Costa Rica (ICAFE).
8) Un representante de la Compañía Chiquita Brands.
Podrán tener representación otros laboratorios que se creen dentro el Sector Agropecuario , previa solicitud que en ese sentido formulen al despacho del señor Ministro de Agricultura y Ganadería.
Artículo 2°—El Comité elegirá de entre sus miembros a un coordinador por un periodo de dos años, quien convocará a reunión al menos una vez cada treinta días.
Artículo 3°—Son funciones de dicho Comité las siguientes:
a) Formular procedimientos de metodologías y control de calidad de análisis de suelos, plantas y aguas que garanticen la exactitud y precisión de los resultados analíticos, lo mismo que una rapidez adecuada de los respectivos procesos.
b) Intercambiar información de dates analíticos y sitios de muestra.
con el fin de crear un banco de dates a nivel nacional.
c) Formular las normas generales que rijan el funcionamiento de lo laboratorios públicos y particulares de análisis de suelos, plantas, aguas, que presten servicio a agricultores y usuarios en general.
d) Programar investigaciones integradas en calibración de método analíticos, fertilidad de suelos y nutrición de cultivos, que genere información que permita dar recomendaciones confiables de fertilización.
e) Establecer programas de capacitación a profesionales en agronomía sobre toma de muestras de suelos, tejidos de plantas y agua interpretación de resultados analíticos y formulación de recomendaciones de fertilización.
f) Preparar material didáctico en sus diferentes formas, sobre los tema descritos en el inciso anterior.
g) Cualesquiera otras que sean congruentes con los fines y objetivo del Comité.
Artículo 4°—Las recomendaciones técnicas de este Comité serán de carácter oficial para los aspectos de su competencia.
Artículo 5°—Este Comité actuará como un grupo de coordinación apoyo de la Comisión Nacional de Investigación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria (CONITTA) y mantendrá informados de su acciones a los respectivos jefes jerárquicos de las distintas instituciones entidades integrantes.
Artículo 6°—Se deroga el Decreto Ejecutivo N° l939l de 7 noviembre de l989, publicado en "La Gaceta" N°11 del 16 de enero 1990.
Artículo 7°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cinco día del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro Agricultura y Ganadería, Esteban R. Brenes.—l vez.:Solicitud 15359).-—C-8850.—(59636).
N° 27308-G
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA,
Con fundamento en lo dispuesto en la ley N° 6725 de l0 de marzo de l982 y acuerdo II de la sesión ordinaria N° l3, celebrada el 2 de junio, de 1998, de la Municipalidad de Naranjo.
DECRETAN:
Artículo l°—Conceder asueto a los empleados públicos del cantó' de Naranjo de la provincia de Alajuela, los días 3 l de julio y 3 de agosto de l 998, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2°—Rige los días 3 l de julio y 3 de agosto de l 998.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las nueve horas del día dieciséis de julio de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro d Gobernación y Policía, Juan Rafael Lizano Sáenz.—I vez.. (Solicitud N l5096).—C- l700.—(59637).
N° 27309-G
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA,
Con fundamento en lo dispuesto en la ley N° 6725 de l0 de marzo de l 982 y artículo III inciso 9) de la sesión ordinaria N° 63, celebrada el de agosto de l998, de la Municipalidad de Grecia.
DECRETAN:
Artículo l°- Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela, los días 24 y 25 de setiembre d l998, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motive de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2°—Rige los días 24 y 25 de setiembre de l998.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las diez hora' del doce de agosto de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Gobernación y Policía' Juan Rafael Lizano Sáenz.—I vez.—(Solicitud N' 1 5094).—C- l 600.—(5963 8).
N° 27310-G
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA,
Con fundamento en lo dispuesto en la ley N° 6725 de l0 de marzo de 1982 y acuerdo N° I de la sesión ordinaria N° 26, celebrada el 3 de agosto de l998, de la Municipalidad de Aserrí.
DECRETAN:
Artículo 1°—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Aserrí de la provincia de San José, el día l9 de agosto de l998, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motive de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2°—Rige el día l9 de agosto de l998.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las once horas del once de agosto de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Juan Rafael Lizano Sáenz.—l vez. - Solicitud N° l5095).—C- l600.—(59639).
N° 2731 l -G
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION,
Con fundamento en lo dispuesto en la Ley N° 6725 de 10 de marzo de 1982 y Acuerdo N° VII de la sesión ordinaria N° 0l8, celebrada el 4 de agosto de l998, de la Municipalidad de Flores.
DECRETAN:
Artículo l°- Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Flores de la provincia de Heredia, el día l4 de agosto de l998, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motive de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2°—Rige el día l4 de agosto de 1998.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las nueve horas del doce de agosto de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Juan Rafael Lizano Sáenz.—I vez.:Solicitud N° l 5098).- C - l 600.—(59640).
N° 27312-G
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA,
Con fundamento en lo dispuesto en la ley N° 6725 de 10 de marzo de 1982 y acuerdo tomado en la sesión ordinaria N° 20, celebrada el 23 de julio de l998, de la Municipalidad de Mora.
DECRETAN:
.Artículo 1°—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Mora de la provincia de San José, el día 14 de agosto de 1998, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motive de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2°—Rige el día l4 de agosto de 1998.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las trece horas del doce de agosto de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Juan Rafael Lizano Sáenz.—l vez.—(Solicitud N° l5097).-C-1600.5964l).
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LICITACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
LICITACION POR REGISTRO
N° 98-005
La Unidad de Proveeduría del Hospital San Juan de Dios debidamente autorizada por la Gerencia de División de Operaciones, comunica que la recepción de ofertas, para la adquisición de lo siguiente:
Item único: 19 C.RU. (Unidad Central de Proceso) distribuidos en las siguientes categorías:
1- Tres unidades tipo servidor 2- Ocho Microcomputadores 3- Ocho estaciones de trabajo.
Se prorrogará para el día lunes 5 de octubre de 1998, hasta las 9,00 horas. Debido a cambios en las especificaciones técnicas.
Rigen las notes generales marzo 98, así como las nuevas notes técnicas específicas para este concurso de venta en la Oficina de Proveeduría del Hospital San Juan de Dios.
San José, l4 de setiembre de 1998.—Lic. Erick Cruz Méndez, Jefe de Proveeduría.—l vez. N° 73776.59377).
SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRANEAS RIEGO Y AVENAMIENTO
LICITACION PUBLICA N° 2/98
Venta de nueve vehículos usados
El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), invite a Los interesados a participar en el concurso público indicado.
El cartel podrá ser retirado a partir de la fecha de esta publicación sin costo alguno, en las Oficinas Centrales del SENARA, en San José Barrio Bolívar, calles l8 y 20, avenida l2 transversal, Edificio Vevideyi.
La apertura de las ofertas se realizará a las diez horas del día 23 de octubre de 1998.
MBA. Jorge Isaac Vargas Araya, Coordinador Servicios Administrativos.—I vez.—N° 73819.59740).
AVISOS
RADIOGRAFICA COSTARRICENSE, S. A.
LICITACION PUBLICA 25-98
Radiográfica Costarricense, S. A., se permite invitar a los interesados a participar en la licitación abajo indicada con la siguiente identificación:
Venta de terreno de 450 ha. en la provincia de Guanacaste.
Los interesados podrán retirar el respectivo cartel en nuestra oficina de proveeduría, en avenida 5°, calle l°, por la suma de ¢500, en horas hábiles, la apertura de la misma se estará realizando el día 5 de noviembre de l998, a las 10:00 de la mañana.
Ing. Marlin Barquero Espinoza, Oficina de Aprovisionamiento.—l vez.—N° 73813.59741).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
LICITACION PUBLICA N° l-98
Contratación de maquinaria
La Municipalidad de Buenos Aires de Puntarenas de conformidad con la ley y reglamento de Contratación Administrativa invite a los interesados en participar en la Licitación Pública N° l-98, para suministrar los servicios de maquinaria para la remoción de derrumbes, conformación de superficie de ruedo en lastre, limpieza mecanizada, explotación de fuentes de materiales en Los siguientes distritos:
Potrero Grande 9 Km ruta Clavera-Potrro Grande-Cuadrante central de la ciudad.
Volcán 6 km ruta entrada hasta Llano Grande de Volcán.
Boruca l0 km ruta Bella Vista - Boruca -San Joaquín.
La Municipalidad de Buenos Aires recibirá ofertas hasta las l0,00 horas del día 9 de octubre de l 998, los interesados podrán pasar a retirar el cartel a partir de esta fecha en el Departamento Bienes Inmuebles y Catastro previo depósito de ¢ l.000,00 (un mil colonos exactos) mediante entero a favor de la Municipalidad de Buenos Aires, emitido en el Banco Nacional de Costa Rica o depositar a la cuenta N° l03800023-8 BNC. la Municipalidad esta ubicada al costado norte del Parque de Buenos Aires.
Para enviar información, al fax 730-0235, o si desea mayor información llamar al 730-0917 con el señor Fernando Villanueva.
Buenos Aires, l4 de setiembre de l998.—Domingo R. Bermúdez Calderón, Alcalde Municipal.—I vez.—(O.C. 48747).—C-1700.— (59650).
HACIENDA
ADJUDICACIONES
PROVEEDURIA NACIONAL
LICITACION POR REGISTRO N° 067-96 (Aviso de declaratoria
de infructuosa)
Dragado y mantenimiento de darsena de Puerto Caldera
Se avisa a todos los interesados en esta licitación, que dará el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de declaratoria de infructuosa LRG N 067-96ZJ, de las 16:00 horas del l7 de setiembre de 1998, se procedió a declarar infructuosa dicha licitación ya que la oferta N° l no cumplió con lo solicitado en prorrogar la vigencia de la oferta, la garantía de participación y en presentar el original del poder legal, la oferta N° 4 incumple legalmente y las ofertas Nos. 2 y cotizan un precio excesivo al presupuesto existente para este proyecto.
San José, l7 de setiembre de l998.—Lic. Olga Marta Alfaro Salas, Proveedora Nacional.—1 vez.—(Solicitud N° 17765).—C-1150.— (60192).
AVISOS
COMISION NACIONAL DE PRESTAMOS PARA EDUCACION
LICITACION PUBLICA N° 1/98
Adquisición de sistemas de cómputo
Se avisa a los interesados en este concurso, que por resolución del Consejo Directivo de CONAPE en la sesión N° 37-09-98, artículo 5, de fecha l0 de setiembre de 1998, se acordó adjudicar a la empresa Soluciones Casee (SOCASEE), S. A., por un monto global de ¢9.850.000,00, el diseño y construcción de los siguientes sistemas:
l. Sistema de Proveeduría (SIPROVE)
2. Sistema de Recursos Humanos (SIREHUM)
Por razones presupuestarias no se adjudicó a ninguna empresa el Sistema de Apoyo a la toma de decisiones (SIAPOTO).
Lic. Danilo Chaves R., Jefe Administrativo.—1 vez.—N° 73807.— (59743)
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACION PUBLICA N° 6465-E
Adquisición de transformadores de medición
El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que la Gerencia mediante nota N° 07680-E del 9 de setiembre de l998, acordó adjudicarla de la siguiente manera:
Oferta N° 4 Artículo N° 9
Transformadores de corriente tipo ventana Oferente Abb Power T & D Company Inc. Representante Elmec,
S. A.
Valor total adjudicado CPT US$l0.500,00 Almacén Fiscal ICE Colima Vía Marítima-Puerto Limón
Forma de pago: A 30 días hábiles según detalle indicado en
Tiempo de entrega: 90 días naturales a partir de la adjudicación en
Garantía: l2 mesas a partir de recibido el material por el ICE.
Oferta N° 5 Artículo N° 1 al X
transformadores de potencial de varios tipos
Arteche Transformadores y Tecnología, S. A. de CV
Representante Intercomercial, Ltda.
Valor total adjudicado CPT US$68.364,00
Almacén Fiscal ICE Colima
Vía terrestre, Peñas Blancas
Forma de pago: A 30 días hábiles según detalle indicado en el estudio técnico.
Tiempo de entrega: 90 días naturales a partir de la adjudicación en firmar.
Garantía: l 2 mesas a partir de recibido el material por el ICE.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas de los adjudicatarios.
San José, l6 de setiembre de 1998.—Eugenio Fatjo Rivera Departamento de Licitaciones.-—l vez.—C-3450.—(60l83).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
LICITACION PUBLICA N° 3-98
Por los servicios de control de malezas en la vía férrea
A los interesados en la presente licitación, se les avisa que por resolución de la Junta Directiva tomada en sesión l008-98, Acuerdo 17898 celebrada el l4/09/98, dispuso:
Tomando como referencia el Oficio PROV-0 l 30-98 y sus documentos adjuntos, donde se comunica al Consejo Directivo la evaluación de las ofertas presentadas en relación con la "Contratación de los Servicios de control de malezas en la vía férrea" se adjudica la Licitación Pública N° 3-98 a la empresa que cumple con los requisitos del cartel y que obtuvo la mayor calificación: Corporación Alquisa. Acuerdo firme
San José, l6 de setiembre de 1998.—Licda. Marta E. Navarro Sandoval, Departamento Proveeduría.—I vez.:O.C. 3909).—C- 1350.— (59642).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE TARRAZU
LICITACION PUBLICA N° l-98
Construcción del Relleno Sanitario del Cantón de Tarrazú
Que en sesión ordinaria número cero diecisiete-noventa y ocho celebrada el dos de setiembre de 1998, mediante acuerdo número ocho, se adjudicó a la Empresa Monte Verde, S. A., la Licitación Pública N° 1-98 cuyo objeto es la construcción del Relleno Sanitario del Cantón de Tarrazú.
Alvaro Rojas Montero, Alcalde Municipal.—I vez.—N° 738l2.— (59742).
FE DE ERRATAS
OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACION PUBLICA N° 02-98
Compra de titiles de oficina
El Proceso de Suministros del consejo de Seguridad Vial avisa a todos los interesados en la licitación de referencia, cuya publicación de adjudicación apareció publicada en La Gaceta N° 143 del día 24 de julio de l998 por error material en la línea que se indica no se indicó correctamente el monto adjudicado, para lo cual debe leerse correctamente:
Inversiones la Rueca
Línea 1 6 1: 20 portablocks con prensa metálica, marca Ampo, por un monto de ¢6.420,00.
San José, l6 de setiembre de 1998.—Lic. Sara Soto Benavides Encargada.—1 vez.—(O.C. l9063).—C-1250.—(5965l).
LICITACION PUBLICA N° l8-98
Compra de equipo de radiocomunicación
El Proceso de Suministros del Consejo de Seguridad Vial avisa a todos los interesados en la licitación de referencia, cuya publicación de adjudicación apareció publicada en La Gaceta N° l64 del día 24 de agosto de l998, adjudicada a la empresa Gulf Stream Supply Inc. por error material en línea que se indica no se consignó correctamente la cantidad adjudicada, para lo cual debe leerse correctamente:
Línea 1: 2 radios portamanos marca Motorola Radios, modelo GP350, 16 canales, 46-l74 Mhz por un monto total de $25.725,00.
Lic. Sara Soto Benavides, Encargada.—l vez.:O.C. 19063).-C1350.59652).
PODER JUDICIAL
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
En "La Gaceta" N° 180 del 16 de setiembre de 1998, se publicó la Licitación Pública N° 43-98, donde dice: ... prevista para el día jueves cinco de setiembre de ..., debe decir: ... prevista para el día jueves cinco de noviembre de ...
La Uruca, San José, setiembre de l998.—Isaías Castro Vargas, Director de la Imprenta Nacional.—I vez.-C-Exento.—(59893).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACION PUBLICA N° 6523/T
Adquisición de equipos de medición para red es telefónicas
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que al cartel de la misma deberá hacérsele la siguiente modificación, aclaración y prórroga:
Modifíquese el punto 28.l y 28.2 del capítulo II (Condiciones Especiales):
Léase correctamente:
28.l El ICE requiere la presentación de una (l) muestra del artículo N° 6. Dicha muestra deberá adjuntarse con la oferta y será recibida únicamente el día y hora de la apertura de ofertas, claramente identificada con el nombre del oferente.
28.3 El propósito de la presentación de la muestra es inspeccionar el equipo y efectuar las pruebas de campo que ratifiquen cl cumplimiento de las especificaciones técnicas del instrumento.
28.4 Las especificaciones del equipo deben ser concordantes
28.5 Las pruebas de campo se realizarán en presencia de los oferentes participantes en este ítem el día y hora señalados por el Administrador de Contrato. El oferente que llegue tarde o no se presente a las pruebas, dará por aceptado incondicionalmente los resultados obtenidos y para lo que contractualmente se derive. Este evento será debidamente documentado mediante acta pública.
28.6 La muestra, con excepción de la adjudicada será devuelta en los tres mesas siguientes a la adjudicación en firme. El no retire facultará a la Administración a disponer libremente de allá, según lo establece el Reglamento General de Contratación Administrativa.
28.7 Si un oferente tiene la intención de retirar la muestra antes de la adjudicación en firma, deberá indicarlo en su oferta y para su retire deberá solicitarlo mediante nota dirigida al Administrador del Contrato. En sustitución de la misma y para todo procedimiento contractual deberá indicar en la nota que acepta lo estipulado en el acta pública y renuncia a cualquier reclamo al respecto, aceptando los procedimientos, metodologías y resultados de las pruebas realizadas a su muestra.
Agréguese para el artículo N° l, en el capítulo III (Especificaciones Técnicas) en el párrafo de Especificaciones Generales:
"...El equipo debe presentar las trazas en pantalla e identificar en forma automática los eventos..."
Agréguese para el artículo N° 3, en el capítulo III (Especificaciones Técnicas) en el párrafo de Especificaciones Generales:
"...El equipo debe también ser posible usarlo en fibras con cubierta de hasta tres milímetros (Patch cord). De identificar la dirección del tráfico..."
Agréguese para el
artículo N° 6, en el capítulo III (Especificaciones Técnicas) en el último párrafo. antes de OPCIONALES:
"...El equipo debe poder localizar un problema en la línea hasta una longitud de l5 km..."
Aclaramos que para el artículo N° 10 lo requerido es un multímetro con interface RS-232 para exporte la información a un computador y su respectivo software para la presentación y almacenamiento de los dates en un computador. Este software debe presentarse en disquete de 8.89 cm (3 5").
Además, se aclara que por tratarse de un proceso independiente de cualquier otro, la muestra solicitada es requisito indispensable en esta licitación.
Prórroga: La apertura de ofertas se prorroga hasta las l0,00 horas del día 7 de octubre de l998.
Fecha anterior: 12:00 horas del 24 de setiembre de l 998.
San José, l7 de setiembre de l998.—Ing. Geovanny Hernández V. MBA.-Oficina de Licitaciones Públicas.—l vez.-C-5800.—(60l87).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUI
LICITACION PUBLICA N° 1-98
Compra de un cargador frontal 4x4
Teniendo como marco jurídico la resolución N° 269-98 de la Dirección General de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, del l 0 de setiembre de l 998, se hace saber a todos los interesados de los siguientes cambios al cartel de la mencionada licitación:
l. Motor
Donde dice: "Turboalimentado" se deberá leer "preferiblemente turboalimentado.
Donde dice: "por de torsión neto mayor a 350 Nm" se deberá leer "por de torsión neto mayor a 325 Nm".
2. Transmisión
Donde dice: "del tipo servotransmisión" se deberá leer "preferiblemente del tipo servotransmisión".
3. Dirección
Donde dice: "dirección totalmente oleohidráulica" se deberá leer "preferiblemente dirección totalmente oleohidráulica".
4. Peso de operación
Se aclara que el peso de operación será de 7.000 kgrs. como mínimo por toda la unidad complete.
Moisés Sanabria Barquero. Jefe Financiero
—I ve 7—N° 7171—
FE DE ERRATAS
PODER EJECUTIVO
En el Alcance 62-A a "La Gaceta" N° 18l del 17 de setiembre l 998, se publicó el Decreto Ejecutivo N° 57295-MOPT siendo correcto: Decreto Ejecutivo N° 27295-MOPT.
La Uruca, San José, setiembre de l998.—Isaías Castro Vargas. Director de la Imprenta Nacional.—I vez.—C-Exento.459892).