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29427-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,

Considerando:

1º—Que la Asamblea Legislativa mediante Ley Nº 8078 del día 7 de febrero del 2001, publicada en La Gaceta Nº 43 del día 1º de marzo del 2001, aprobó dicho Convenio General de Cooperación Económica, Comercial, Científica, Técnica, Social, Turística y Cultural entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Haití, suscrito el 5 de junio de 1995.

2º—Que según el artículo III de este Convenio estará en vigencia el día del canje de los instrumentos de ratificación. Por tanto,

En uso de las facultades que les confieren los incisos 10) y 12) del artículo 140 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

Decretan:

Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica al Convenio General de Cooperación Económica, Comercial, Científica, Técnica, Social, Turística y Cultural entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Haití, suscrito el 5 de junio de 1995.

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil uno.

MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Rojas.

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