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Costa Rica - Desde 1983
32829-G
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y
POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 146 de la Constitución Política Ley
N° 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformado por Ley N° 7974 del 4 de enero del
dos mil, acuerdo N° 16, tomado en la sesión ordinaria celebrada el 3 de octubre
del 2005, de la Municipalidad de San Carlos.
DECRETAN:
Artículo
1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de San Carlos de
la provincia de Alajuela, el día 4 de noviembre del 2005, con las salvedades
que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los
festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los
funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha
institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de
Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación a los
funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio
de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la
Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les
otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese
cantón.
Artículo 4º—Rige el día 4 de
noviembre del 2005.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a las
once horas del cinco de octubre del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Rogelio Ramos Martínez.
Gaceta N° 247, 22 de diciembre de 2005.
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