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SABORIO & COTO
A     B     O     G     A     D     O   S
Costa Rica - Desde 1983

32812-COMEX-MINAE-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE COMERCIO EXTERIOR,

DE AMBIENTE Y ENERGÍA Y DE ECONOMÍA,

INDUSTRIA Y COMERCIO

De conformidad con las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el artículo 28, párrafo 2, inciso b) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; y los artículos 1, 3, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley 7629 del 26 de setiembre de 1996.

Considerando:

1º—Que el Consejo de Ministros de Integración Económica, mediante Resolución N° 142-2005 (COMIECO-XXXI) de fecha 26 de setiembre de 2005 aprobó, en el marco del proceso de conformación de una Unión, los acuerdos alcanzados en materia de productos derivados del petróleo.

2º—Que en cumplimiento del ordinal anterior, debe publicarse la citada resolución. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Publíquese la Resolución N° 142-2005 (COMIECO-XXXII), que a continuación se transcribe:

RESOLUCIÓN Nº 142-2005 (COMIECO-XXXII)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que según el Artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana - Protocolo de Guatemala -, modificado por la Enmienda de 27 de febrero del 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica está conformado por el Ministro que en cada Estado Parte tiene bajo su competencia los asuntos de la integración económica;

Que de conformidad con el artículo 15 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte se comprometen a constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;

Que los Estados Parte, en su calidad de Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC), notificaron al Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, los Proyectos de Reglamentos Técnicos Centroamericanos (RTCA) siguientes: a) RTCA 75.01.22:04 Productos de Petróleo. Asfaltos. Especificaciones; b) RTCA 75.01.20:04 Productos de Petróleo. Gasolina Superior. Especificaciones; c) RTCA 75.01.12:04 Productos de Petróleo. Gasolina de Aviación (AvGas). Especificaciones; d) RTCA 75.01.14:04 Productos de Petróleo. Kerosene de Iluminación. Especificaciones; e) RTCA 75.01.13:04 Productos de Petróleo. Kerosene de Aviación (JET A-1). Especificaciones; y, f) RTCA 75.01.15:04 Productos de Petróleo. Aceites Lubricantes para Motores a Gasolina o Motores a Diesel. Especificaciones;    

Que los Estados Parte, concedieron un plazo prudencial a los Estados Miembros de la OMC para hacer observaciones a los proyectos de Reglamentos notificados tal y como lo exige el numeral 4, párrafo 9 del artículo 2 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, observaciones que fueron debidamente analizadas y atendidas en lo pertinente;

Que según el párrafo 12 del artículo 2 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, interpretado por el numeral 5.2, de la Decisión del 14 de noviembre de 2001 emanada de la Conferencia Ministerial de la OMC de esa fecha, los Miembros preverán un plazo prudencial, no inferior a seis meses, entre la publicación de los reglamentos técnicos y su entrada en vigor, con el fin de dar tiempo a los productores para adaptar sus productos o sus métodos de producción a las prescripciones de los reglamentos. 

Que en el marco del proceso de conformación de una Unión Aduanera se han alcanzado importantes acuerdos en materia de productos derivados del petróleo que requieren la aprobación del Consejo;

POR TANTO:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38, y 55 del Protocolo de Guatemala;

RESUELVE:

1.  Aprobar los Reglamentos Técnicos Centroamericanos siguientes:

a)  RTCA 75.01.22:04 Productos de Petróleo. Asfaltos. Especificaciones;

b)  RTCA 75.01.20:04 Productos de Petróleo. Gasolina Superior. Especificaciones;

c)  RTCA 75.01.12:04 Productos de Petróleo. Gasolina de Aviación (AvGas). Especificaciones;

d)  RTCA 75.01.14:04 Productos de Petróleo. Kerosene de Iluminación. Especificaciones;

e)  RTCA 75.01.13:04 Productos de Petróleo. Kerosene de Aviación (JET A-1). Especificaciones; y,

f)   RTCA 75.01.15:04 Productos de Petróleo. Aceites Lubricantes para Motores a Gasolina o Motores a Diesel. Especificaciones. 

2.  Los reglamentos técnicos centroamericanos aprobados aparecen en el Anexo de esta Resolución y forman parte integrante de la misma.

3.  La presente Resolución entrará en vigencia seis meses después de la presente fecha y deberá ser publicada por los Estados Parte

                                Managua, Nicaragua 26 de septiembre de 2005

         Doris Osterlof Obregón                    Yolanda Mayora de Gavidia

Viceministra, en representación del               Ministra de Economía

    Ministro de Comercio Exterior                         de El Salvador

                 de Costa Rica

                           

         Marcio Cuevas Quezada                            Melvin Redondo

           Ministro de Economía               Viceministro, en representación del

                  de Guatemala                       Ministro de Industria y Comercio

                                                                               de Honduras

Azucena Castillo

Ministra de Fomento, Industria y Comercio

de Nicaragua

Artículo 2º—Rige a partir del 26 de marzo de 2006.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil cinco.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Comercio Exterior, Manuel A. González Sanz, el Ministro del Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez Echandi, el Ministro de Economía, Industria y Comercio, Gilberto Barrantes Rodríguez.

_______

                              Anexo Resolución Nº 142-2005 (COMIECO-XXXII)

REGLAMENTO                                                         RTCA 75.01.22:04

TÉCNICO

CENTROAMERICANO

________________________________________________________

PRODUCTOS DE PETRÓLEO.

ASFALTOS.

ESPECIFICACIONES.

___________________________________________________

CORRESPONDENCIA:       Este reglamento es una adaptación de las especificaciones que aparecen en las normas ASTM: D 946-82 (Reapproved 1999), D 977-98, D 2026-97, D 2027-97, D 2028-97, D 2397-02, D 3381-92 (Reapproved 1999) y D 6373-99.

ICS 75.080                                                                   RTCA 75.01.22.04

_________________________________________________________

Reglamento Técnico Centroamericano editado por:

    Comisión Guatemalteca de Normas, COGUANOR

    Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT

    Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC

    Secretaría de Industria y Comercio, SIC

    Ministerio de Economía, Industria y Comercio, MEIC

___________________________________________________

INFORME

Los respectivos Comités Técnicos de Normalización a través de los Entes de Normalización de los Estados Miembros que integran la región centroamericana y sus sucesores, son los organismos encargados de realizar el estudio o la adopción de las Normas Técnicas o Reglamentos Técnicos. Está conformado por representantes de los sectores Académico, Consumidor, Empresa Privada y Gobierno.

Este documento fue aprobado como Reglamento Técnico Centroamericana, RTCA 75.01.22:04, PRODUCTOS DE PETRÓLEO. ASFALTOS. ESPECIFICACIONES, por el Subgrupo de Medidas de Normalización y el Subgrupo de Hidrocarburos de la región centroamericana. La oficialización de este reglamento técnico, conlleva la ratificación por una resolución del Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO).

MIEMBROS PARTICIPANTES DEL SUBGRUPO 01

Por Guatemala

COGUANOR

Por El Salvador

CONACYT

Por Nicaragua

MIFIC

Por Honduras

SIC

Por Costa Rica

MEIC

1.  OBJETO

Establecer las especificaciones mínimas de calidad, así como los métodos de ensayo que deben cumplir los asfaltos.

2.  CAMPO DE APLICACIÓN

Es aplicable a los asfaltos, cementos asfálticos y emulsiones asfálticas utilizados en la construcción y tratamiento de pavimentos, principalmente en carreteras.

3.  DEFINICIONES

3.1  Aglutinante asfáltico: Es el cemento a base de asfalto que se produce a partir de residuo de petróleo con o sin la adición de modificadores orgánicos no particulados y no fibrosos.

3.2  Asfalto: Es un material cementítico de color café o negro en el cual los constituyentes predominantes son betunes, los cuales pueden producirse en forma natural o se obtienen del procesamiento del petróleo.

3.3  Asfalto “Cutback” o asfalto rebajado: Es el residuo de petróleo (asfalto) el cual se ha mezclado con destilados del petróleo. Los asfaltos “Cutback” pueden ser de curado rápido (“Rapid Curing: RC”), de curado medio (“Medium Curing: MC) y de curado lento (“Slow Curing: SC”). Los materiales de curado rápido (“Rapid Curing: “RC”) se pueden producir directamente de la destilación y a menudo se refieren a ellos como aceites de carretera.

3.4  Betún: Es una clase de sustancia cementítica negra o de color oscuro (sólida, semisólida o viscosa), natural o fabricada, compuesta principalmente de hidrocarburos de alto peso molecular, en la cual son típicos los asfaltos, alquitranes, breas y asfaltitas.

3.5  Cemento asfáltico: Es el asfalto fundido o no, especialmente preparado con la calidad y consistencia para utilizarse directamente en la fabricación de pavimentos bituminosos y teniendo una penetración a 25ºC entre 5 y 300 (0,10 mm), bajo una carga de 100 g aplicada por 5 s.

3.6  Curado: Es la técnica empleada para la preparación de asfaltos rebajados, donde la velocidad de la evaporación del solvente determina directamente el endurecimiento del asfalto resultante de la mezcla con el solvente.

3.7  Emulsión asfáltica: Es una suspensión de glóbulos diminutos de asfalto en agua o en una solución acuosa. También se define como una suspensión de glóbulos diminutos de agua o de una solución acuosa en asfalto.

3.8  Emulsión asfáltica aniónica: Es un tipo de emulsión en la cual el agente emulsionado establece una predominancia de cargas eléctricas negativas sobre la fase discontinua.

3.9  Emulsión asfáltica catiónica: Es un tipo de emulsión en la cual el agente emulsionado establece una predominancia de cargas eléctricas positivas sobre la fase discontinua.

3.10   Penetración: Es la consistencia de un material bituminoso expresado como la distancia en décimas de milímetro (0,10 mm) que una aguja estándar penetra verticalmente en una muestra de material bajo condiciones especificadas de carga, tiempo y temperatura.

4.  ABREVIATURAS Y EQUIVALENCIAS

4.1    AASHTO: American Association of State Highway and Transportation Officials”

         (Asociación Americana de Oficiales de Autopista Estatal y Transportación).

4.2    ASTM: “American Society for Testing and Materials” (Sociedad Americana para Pruebas y Materiales).

4.3    ºC / ºF: Grados Celsius / Grados Fahrenheit.

4.4    SFS: “Saybolt Furol second” (segundo Saybolt Furol).

4.5    PAV: “Pressurized Aging Vessel” (Recipiente para Envejecimiento Presurizado).

4.6    1 Poise = 1 N.s/m2

4.7    1 centistoke = 1 mm2/s =

4.8    1 bar = 100 000 Pa

5.  ENTE NACIONAL COMPETENTE

En Guatemala: Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; en El Salvador: Dirección de Hidrocarburos y Minas del Ministerio de Economía; en Honduras: Unidad Técnica del Petróleo de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente; en Nicaragua: Dirección General de Hidrocarburos del Instituto Nicaragüense de Energía; en Costa Rica: Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE); dichas funciones podrán ser ejercidas por sus sucesores o por las entidades a quienes en el futuro, según la legislación nacional se les asigne específicamente estas funciones.

6. CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN

Los asfaltos y cementos asfálticos se clasificarán en los siguientes tipos:

Tipo 1(A y B)

                Cementos asfálticos según viscosidad

Tipo 2     Cementos asfálticos de curado rápido (“Rapid Curing: RC”)

Tipo 3     Cementos asfálticos de curado medio (“Medium Curing: MC”)

Tipo 4     Cementos asfálticos de curado lento (“Slow Curing: SC”)

Tipo 5     Cementos asfálticos según grado de penetración.

Tipo 6     Emulsiones asfálticas catiónicas.

Tipo 7     Aglutinantes asfálticos según grado de desempeño.

Tipo 8     Emulsiones asfálticas aniónicas.

7.  CARACTERÍSTICAS

Los cementos asfálticos deberán ser homogéneos y no deberán formar espuma si se calientan a una temperatura de 175ºC.

Los asfaltos “cutback” no deben formar espuma cuando se calientan a la temperatura de aplicación.

Las emulsiones asfálticas deben probarse dentro de los 14 días de entregadas. Las emulsiones asfálticas deben ser homogéneas después de la mezcla completa, siempre que la separación no haya sido causada por congelamiento. Emulsiones separadas por congelamiento no se deben probar.

Los aglutinantes asfálticos deben ser homogéneos, libres de agua y materiales perjudiciales y no debe formar espuma cuando se calientan a 175ºC.

Los aglutinantes asfálticos deben ser por lo menos 99,0% solubles, determinados por el Método de Prueba D-5546 o Método de Prueba D-2042. Cualquier componente insoluble debe estar considerablemente libre de fibras.

A continuación se presentan las tablas en las cuales se especifican las características físico químicas que establece este reglamento para cada tipo de asfalto:

Tabla 1A y 1B:

                Especificaciones de Calidad para Cementos Asfálticos Clasificados por su Viscosidad a 60ºC. La Tabla 1A se debe utilizar cuando el comprador no  especifica los límites.

Tabla 2:   Especificaciones de Calidad para Asfalto “Cutback” de Curado Rápido (RC)

Tabla 3:   Especificaciones de Calidad para Asfalto “Cutback” de Curado Medio (MC)

Tabla 4:   Especificaciones de Calidad para Asfalto “Cutback” de Curado Lento (SC)

Tabla 5:   Especificaciones de Calidad para Cementos Asfálticos Clasificados por su Grado de Penetración, para uso en Construcción de Pavimentos.

Tabla 6:   Especificaciones de Calidad para Emulsiones Asfálticas Catiónicas.

Tabla 7:   Especificaciones de Calidad para Aglutinante de Asfalto Clasificado por Desempeño.

Tabla 7.1 Especificaciones de Calidad para Aglutinante de Asfalto Clasificado por Desempeño. Métodos de ensayo.

Tabla 8    Especificaciones de Calidad para Emulsiones Asfálticas Aniónicas.

 

Tabla 1A

Especificaciones para Cementos Asfálticos Clasificados por su

Viscosidad a 60ºC

ASTM D 3381-92 (Reaprobado 1999)

(Clasificación en base al asfalto original)

(corresponde a la Tabla Nº 1 ASTM)

 

CARACTERÍSTICA

UNIDADES

MÉTODO ASTM

 

Grado de viscosidad

AC-2.5

AC-5

AC-10

AC-20

AC-40

Viscosidad, 60ºC

N.s/m2

D-2171

 

250 ±50

500±100

1000±200

2000±400

4000±800

Viscosidad, 135ºC, mínimo

mm2/s

D-2170

80

110

150

210

300

 

 

 

 

 

 

 

 

Penetración, 25ºC,  100 g,  5 s, mínimo

1/10 mm

D-5

200

120

70

40

20

Punto de inflamación,

Cleveland Copa Abierta, mínimo

ºC

D-92

163

177

219

232

232

Solubilidad en tricloroetileno,

mínimo

%

D-2042

99,0

99,0

99,0

99,0

99,0

Pruebas sobre residuo

del ensayo de horno sobre película delgada:

    Viscosidad, 60ºC,

    máximo

    Ductilidad, 25ºC,

    5 cm /min, mínimo

 

 

 

 

N.s/m2

 

Cm

 

D-1754

 

 

D-2171

 

D-113

 

 

 

 

1250

 

100  A

 

 

 

 

2500

 

100

 

 

 

 

5000

 

50

 

 

 

 

10000

 

20

 

 

 

 

20000

 

10

 

A  Si la ductilidad es menor que 100, se puede aceptar el material si la ductilidad a 15,5ºC es como mínimo 100 a una tasa de 5 cm/min.

 

Tabla 1B

Especificaciones para Cementos Asfálticos Clasificados por su

Viscosidad a 60ºC

ASTM D 3381-92 (Reaprobada 1999)

(Clasificación en base al asfalto original)

(corresponde a la Tabla Nº 2 ASTM)

 

CARACTERÍSTICA

UNIDADES

MÉTODO ASTM

 

Grado de viscosidad

AC-2.5

 AC-5

AC-10

AC-20

AC-30

AC-40

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Viscosidad, 60ºC

N.s/m2

D-2171

250   ±50

500 ±100

1000 ±200

2000 ±400

3000 ±600

4000 ±800

Viscosidad, 135ºC, mínimo

mm2/s

D-2170

125

175

250

300

350

400

Penetración, 25ºC,  100 g, 5 s, mínimo

1/10 mm

D-5

220

140

80

60

50

40

Punto de inflamación,

Cleveland Copa Abierta, Mínimo

ºC

D-92

163

177

219

232

232

232

Solubilidad en tricloroetileno, mínimo

%

D-2042

99,0

99,0

99,0

99,0

99,0

99,0

Pruebas sobre resíduo

del ensayo de horno sobre película delgada:

    Viscosidad, 60ºC,

    máximo

    Ductilidad, 25ºC,

    5 cm /min, mínimo

 

 

 

 

N.s/m2

 

Cm

 

D-1754

 

 

D-2171

 

D-113

 

 

 

 

 

1250

 

100  A

 

 

 

 

2500

 

100

 

 

 

 

5000

 

75

 

 

 

 

10000

 

50

 

 

 

 

15000

 

40

 

 

 

 

20000

 

25

 

A  Si la ductilidad es menor que 100, se puede aceptar el material si la ductilidad a 15,5ºC es como mínimo 100 a una tasa de 5 cm/min.

Tabla 2

Especificaciones de Calidad para Asfalto “Cutback” de Curado Rápido (RC)

ASTM D 2028-97

Nota 1 - Si la ductilidad es menor que 100, se puede aceptar el material si la ductilidad a 15,5ºC es como
                  mínimo 100

 

CARACTERÍSTICA

UNIDADES

MÉTODO ASTM

 

DESIGNACION

RC-70

RC-250

RC-800

RC-3000

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Viscosidad cinemática

A 60ºC

mm2/s

D-2170

 

70

140

250

500

800

1600

3000

6000

Punto de inflamación

(Aparato de copa abierta)

ºC

D-3143

 

---

---

27+

---

27+

---

27+

---

Prueba de Destilación:

    Destilado: a  190ºC

                     a  225ºC

                     a  260ºC

                     a  316ºC

 

    Residuo de destilación

    a 360ºC

 

 

% del

volumen total

destilado a

360ºC

 

% volumen

por diferencia

 

 

 

D-402

 

 

 

10

50

70

85

 

 

55

 

 

---

---

---

---

 

 

---

 

 

---

35

60

80

 

 

65

 

 

---

---

---

---

 

 

---

 

 

---

15

45

75

 

 

75

 

 

---

---

---

---

 

 

---

 

 

---

---

25

70

 

 

80

 

 

---

---

---

---

 

 

---

Pruebas sobre el residuo

de destilación:

  Viscosidad a 60ºC A

  Ductilidad a 25ºC

 

 

 

Pa.s

Cm

 

 

 

D-2170

D-113

 

 

 

 

60

100

 

 

 

240

---

 

 

 

60

100

 

 

 

240

---

 

 

 

60

100

 

 

 

240

---

 

 

 

60

100

 

 

 

240

---

Solubilidad en tricloroetileno

%

D-2042

 

99,0

---

99,0

---

99,0

---

99,0

---

Agua

%

D-95

 

---

0,2

---

0,2

---

0,2

---

0,2

 

 

A  En vez de la viscosidad del residuo, el ente nacional competente, tiene la opción de especificar penetración a 100 g: 5 s a 25ºC de 80 a 120 para los grados RC-70, RC-250, RC-800 y RC-3000. Sin embargo no se requerirá especificar ambos.

Tabla 3

Especificaciones de Calidad para Asfaltos “Cutback” de Curado Medio (MC)

ASTM D 2027-97

Nota 1 - Si la ductilidad es menor que 100, se puede aceptar el material si la ductilidad a 15,5ºC es como

  mínimo 100

 

CARACTERÍSTICA

UNIDADES

MÉTODO  ASTM

 

DESIGNACION

MC-30

MC-70

MC-250

MC-800

MC-3000

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Viscosidad cinemática

A 60ºC

mm2/s

D-2170

 

30

60

70

140

250

500

800

1600

3000

6000

Punto de inflamación

(Aparato de copa abierta)

ºC

D-3143

 

38

---

38

---

66

---

66

---

66

---

Prueba de destilación:

Destilado a  225ºC

                a  260ºC

                a  316ºC

 

Residuo de la         destilación a 360ºC

 

 

% del volumen destilado

a 360ºC

% volumen

por diferencia

 

 

 

D-402

 

 

 

 ---

40

75

 

 

50

 

 

25

70

93

 

 

---

 

 

---

20

65

 

 

55

 

 

20

60

90

 

 

 ---

 

 

---

15

60

 

 

67

 

 

10

55

87

 

 

 ---

 

 

---

 ---

45

 

 

75

 

 

---

35

80

 

 

---

 

 

 ---

 ---

15

 

 

80

 

 

 ---

15

75

 

 

---

Pruebas sobre residuo

de destilación:

Viscosidad a 60ºC A

Ductilidad a 25ºC

 

 

 

Pa.s

cm

 

 

 

D-2170

D-113

 

 

 

 

300

100

 

 

 

1200

 ---

 

 

 

300

100

 

 

 

1200

  ---

 

 

 

300

100

 

 

 

1200

---

 

 

 

300

100

 

 

 

1200

  ---

 

 

 

300

100

 

 

 

1200

---

Solubilidad en

Tricloroetileno

%

D-2042

 

99,0

---

99,0

---

99,0

---

99,0

---

99,0

---

Agua

%

D-95

 

---

0,2

---

0,2

---

0,2

---

0,2

---

0,2

 

A En vez de la viscosidad del residuo, el ente nacional competente, tiene la opción de especificar penetración a 100 g: 5 s a 77ºF de 120 a 250 para los grados MC-30, MC-70, MC-250,  MC-800, MC-3000. Sin embargo no se requerirá especificar ambos.

 

Tabla 4

Especificaciones de Calidad para Asfaltos “Cutback” de Curado Lento (SC)

ASTM D 2026-97

Nota 1 - Si la ductilidad es menor que 100, se puede aceptar el material si la ductilidad a 15,5ºC es

  como mínimo 100

CARACTERÍSTICA

UNIDADES

MÉTODO ASTM

 

DESIGNACIÓN

SC-70

SC-250

SC-800

SC-3000

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Viscosidad cinemática a 60ºC

mm2/s

D-2170

 

70

140

250

500

800

1600

3000

6000

Punto de inflamación

(Cleveland de copa abierta)

ºC

D-92

 

66

---

79

---

93

---

107

---

Prueba de Destilación:

Total destilado a 360ºC

% volumen

D-402

 

10

30

4

20

2

12

---

5

Solubilidad en tricloroetileno

%

D-2042

 

99,0

---

99,0

---

99,0

---

99,0

---

Viscosidad cinemática sobre el residuo de la destilación a 60ºC

mm2/s

D-2170

 

400

7000

800

10000

2000

16000

4000

35000

Residuo asfáltico:

Residuo de Penetración 100

Ductilidad de Penetración 100, 25ºC

 

 

%

 

cm

 

 

D-243

 

D-113

 

 

 

50

 

100

 

 

---

 

---

 

 

60

 

100

 

 

---

 

---

 

 

70

 

100

 

 

---

 

---

 

 

80

 

100

 

 

---

 

---

Agua

%

D-95

 

---

0,5

---

0,5

---

0,5

---

0,5

 

Tabla 5

Especificaciones de Calidad para Cementos Asfálticos Clasificados  por su Grado de Penetración, para Uso en Construcción de Pavimentos

ASTM D 946-82 (Reapproved 1999)

 

CARACTERÍSTICA

UNIDADES

MÉTODO ASTM

 

GRADO DE PENETRACIÓN

40-50

60-70

85-100

120-150

200-300

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Penetración a 25ºC, 100 g, 5 s

-------

D-5

 

 

40

50

60

70

85

100

120

150

200

300

 

 

Punto de inflamación (Cleveland copa abierta)

ºC

D-92

 

 

232

---

232

---

232

---

218

---

177

---

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ductilidad a 25ºC,

5 cm/min.

Solubilidad en tricloroetileno

Penetración retenida después de la prueba de horno sobre película delgada

cm

%

%

D-113

D-2042

D-5 Después de realizar D-1754

 

 

100

99,0

55+

---

---

---

100

99,0

52+

---

---

---

100

99,0

47+

---

---

---

100

99,0

42+

---

---

---

100 A

99,0

37+

---

---

---

 

 

 

 

 

 

Ductilidad, 25ºC,

5 cm/min, después de prueba de horno sobre película delgada

cm

D-113 Después de realizar D-1754

 

 

---

---

50

---

75

---

100

---

100 A

---

 

 

 

 

 

 

 

A  Si la ductilidad a 25ºC es menor que 100 cm, se puede aceptar el material si la ductilidad a 15,5ºC es mínimo 100 cm a una tasa de 5 cm/ min.

 

Tabla 6

 Especificaciones de Calidad para emulsiones asfálticas catiónicas A)

ASTM D 2397-02

Nota 1 -Las emulsiones CQS-1 H deben cumplir los requerimientos resumidos en las Prácticas Estándar D-3910 para Diseño, Prueba y Construcción de Sellado por Suspensión

Nota 2 - El CQS -1h se utiliza para Sistemas de Sellado por Suspensión de Fraguado Acelerado

CARACTERÍSTICA

UNIDADES

T I P O

Rompimiento

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Rápido

Medio

Lento

 

Acelerado

G R A D O

CRS -1

CRS - 2

CMS - 2

CMS - 2h

CSS-1

CSS-1h

CQS- 1H

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

Mín

Máx

 

Mín

Máx

Mín

 

Máx

Mín

Máx

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Pruebas sobre la emulsión

Viscosidad,

Saybolt Furol a 25ºC

 

Viscosidad

Saybolt

Furol a 50ºC

 

Prueba de estabilidad 

en almacenamiento, 24 h A

 

 

SFS

 

 

 

SFS

 

 

 

 

%

 

 

---

 

 

 

20

 

 

 

 

---

 

 

---

 

 

 

100

 

 

 

 

1

 

 

---

 

 

 

100

 

 

 

 

---

 

 

---

 

 

 

400

 

 

 

 

1

 

 

---

 

 

 

50

 

 

 

 

---

 

 

---

 

 

 

450

 

 

 

 

1

 

 

---

 

 

 

50

 

 

 

 

---