Colocado
en Internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32776-G
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 146 de la Constitución Política Ley
Nº 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformado por Ley Nº 7974 del 4 de enero del
dos mil, acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 180, celebrada el 20 de
octubre del 2005, de la Municipalidad de Coto Brus.
Decretan:
Artículo
1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Coto Brus de la provincia de Puntarenas, el día 9 de diciembre
del 2005, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de
la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2º—En cuanto a
los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha
institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de
Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación
a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del
Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo
segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día
señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que
laboren en ese cantón.
Artículo 4º—Rige el día
9 de diciembre del 2005.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los
treinta y un días del mes de octubre del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Rogelio Ramos Martínez.
Gaceta N° 232, 01 de diciembre de 2005.
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