Colocado
en Internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32770-MICIT
LA
PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EL EJERCICIO DE
LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
En uso
de las atribuciones que les confieren el artículo 140 en sus incisos 3) y 18),
y el artículo 146 de la Constitución Política, y con fundamento en la
“Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico” N° 7169,
del 26 de junio de 1990.
Considerando:
I.—Que el país por medio de la Universidad de
Costa Rica desarrolla el programa de investigación denominado: “Preventec: Adaptando la información tecnológica-satelital
para la prevención y mitigación de los desastres” el cual se realiza en
forma conjunta con la Comisión Nacional de Asuntos Espaciales de Argentina, y
el cual cuenta con acceso en tiempo real a información satelital.
II.—Que es imprescindible avanzar en el logro de
información científica satelital e imágenes en tiempo real, para lograr
estudiar a fondo los procesos dinámicos de amenazas y riesgos, como
inundaciones, deslizamientos, erupciones, entre otras, que afectan a nuestro
país.
III.—Que la Universidad de Costa Rica a través de la
creación del Programa Institucional de Investigaciones en Desastres ha mostrado
una prioridad institucional para potenciar los procesos de prevención y
mitigación del país, a través de la generación de conocimiento y transferencia
de estos al país.
IV.—Que el Ministerio de Ciencia y Tecnología, debe
apoyar y fortalecer los proyectos de investigación los cuales favorezcan el
desarrollo de nuestro país.
V.—Que uno
de los objetivos del desarrollo científico y tecnológico según la Ley de
Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, es apoyar las actividades en
este campo que contribuyan con los objetivos del desarrollo nacional.
VI.—Que conforme al artículo 4 inciso a) de la Ley de
Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, es deber del Estado velar
para que la ciencia y la tecnología estén al servicio de los costarricenses.
VII.—Que dentro de las políticas del Ministerio de
Ciencia y Tecnología, se encuentra la promoción del uso de las tecnologías de
información y telecomunicaciones. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1°—Se declara de Interés Nacional el programa de la Universidad de Costa
Rica denominado: “Preventec: adaptando la
información tecnológica-satelital para la prevención y mitigación de los
desastres”, el cual busca utilizar la información tecnológica satelital,
la adquisición, y agregar el valor científico a las imágenes satelitales, sobre
el territorio nacional en tiempo real, que permitirá analizar de forma
continua, los procesos atmosféricos, ambientales y de uso de suelo del país.
Artículo
2°—Se insta a todas las instituciones del Estado, para que en la medida
de sus posibilidades y dentro de su normativa jurídica respectiva apoyen a esta
actividad.
Artículo
3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en
la Presidencia de la República.—San José, a los
cuatro días del mes de noviembre del dos mil cinco.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de Ciencia y Tecnología,
Fernando Gutiérrez Ortiz.
Gaceta N° 230, 29 de
noviembre 2005
Colocado
en Internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
Costa Rica
Normativa de la Administración Pública