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Costa Rica - Desde 1983
32769-MTSS-MP-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
En uso de las facultades conferidas por el artículo 140,
incisos 3) y 18) y el artículo 146, ambos de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que de conformidad con las facultades
conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 140, incisos 3) y 18) y el artículo
146, ambos de la Constitución Política, mediante Decreto Ejecutivo Nº
32480-MP-MTSS-H, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 19 de julio
de 2005, se procedió a realizar el incremento salarial correspondiente al
segundo semestre del año 2005.
II.—Que por un error material se omitió la referencia a
la disposición de mantener el 8.19% sobre el salario total por concepto de
salario escolar y que es cancelado en la segunda quincena del mes de enero,
debiendo este Poder de la República enmendar el instrumento de cita. Por
tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Adicionar el Decreto 32480-MP-MTSS-H,
publicado en La Gaceta de fecha 19 de julio de 2005, para que se lea
así:
“Artículo 8º—Se mantiene
el 8,19% sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será
cancelado en la segunda quincena del mes de enero, siguiendo las regulaciones
existentes”.
Artículo 2º—En todo lo demás se mantiene incólume el
Decreto Nº 32480-MP-MTSS-H que mediante este acto se adiciona.
Artículo
3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los tres días del mes de octubre del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri; el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Fernando Trejos Ballestero y el Ministro de Hacienda, David Fuentes Montero.
Gaceta N° 229, 28
de noviembre de 2005.
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