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Costa Rica - Desde 1983

32689-MP-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA,

INDUSTRIA Y COMERCIO

En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 11, 140, incisos 3), 8), 18) y 20); 146 y 188 de la Constitución Política; artículos 11, 25, 27, 98, 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública; y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º, 4º, 18 al 20 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N° 7472 de 20 de diciembre de 1994, reformada por la Ley N° 8343 de 18 de diciembre del 2002, Ley de Contingencia Fiscal, artículos 79 y 80; la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Nº 8220 del 4 de marzo del 2002 y los artículos 8, 10 de la Ley de Control Interno, Ley N° 8292 del 18 de julio del 2002; y

Considerando:

1º—Que las regulaciones estatales no deben transformarse en un obstáculo administrativo o procesal que vuelva anulatoria la aplicación de una determinada normativa jurídica o exponga a los interesados a trámites engorrosos que impliquen costos innecesarios.

2º—Que es función prioritaria del Gobierno de la República, velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos y en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.

3º—Que la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, es de aplicación obligatoria a toda la Administración Pública, central y descentralizada, incluso instituciones autónomas y semiautónomas, órganos con personalidad jurídica instrumental, entes públicos no estatales, municipalidades y empresas públicas del Estado.

4º—Que el propósito de dicha normativa es orientar la actuación de la Administración Pública, conforme a principios básicos de racionalidad, uniformidad, publicidad, celeridad y precisión para resolver las gestiones que presenten los administrados en el ejercicio de su derecho de petición, información y/o derecho o acceso a la justicia administrativa.

5º—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, la Administración  Pública está obligada a revisar, analizar y eliminar  los trámites y requisitos innecesarios que impidan, obstaculicen o distorsionen la libertad de empresa, que afecten la productividad, siempre y cuando se cumpla con las exigencias necesarias para proteger la salud humana, animal o vegetal, la seguridad, el ambiente y el cumplimiento de los estándares de calidad.

6º—A fin de que los entes y órganos de la Administración Pública puedan implementar lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, se logre alcanzar el objetivo consagrados en los artículos 3, 4 de la ley de marras, y darle cumplimiento a lo ordenado en la Directriz Nº 036-MP-MEIC, se hace necesario emitir la presente metodología para la evaluación costo-beneficio de las regulaciones que establecen nuevos trámites, modifican los existentes o los eliminan. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Del ámbito de aplicación. Los ministerios emisores de regulaciones que conforman la Administración Pública central deberán aplicar la metodología para la evaluación costo-beneficio de la regulación que se encuentra en el Anexo 1 del presente decreto ejecutivo, la cual se está obligado a completar cuando se establecen nuevos regulaciones o se reforman las existentes que establezcan trámites, requisitos y procedimientos, sobre inscripciones, registros u autorizaciones. 

Artículo 2º—De la metodología. La metodología para el análisis costo-beneficio,  se compone de un formulario con su correspondiente guía de llenado.  El formulario se denominará: “Formulario de Evaluación Costo-Beneficio”.

Artículo 3º—De los casos en que debe llenarse el formulario. El “Formulario de Evaluación Costo-Beneficio” deberá completarse para los siguientes casos:

1.  Cuando la propuesta de regulación establezca nuevos trámites, requisitos y procedimientos sobre inscripciones, registros o autorizaciones, o modifiquen o eliminen trámites existentes.

2.  Cuando se eliminen trámites, sólo si en adición a tal eliminación se modifican o se crean nuevos trámites, requisitos y procedimientos sobre inscripciones, registros o autorizaciones.

Cuando la propuesta de regulación sea una reforma a un trámite existente, en la cual únicamente: se eliminan documentos y requisitos innecesarios, se establezcan plazos definidos, se reduzcan los plazos de resolución, o se disminuyan los procedimientos, solamente se deberán llenar la sección 1 (Información General) y el apartado 2.2 del formulario.

Artículo 4º—De los casos en que no debe llenarse el formulario. El “Formulario de Evaluación Costo-Beneficio” no se deberá llenar para los casos en que mediante la regulación propuesta únicamente se pretenda derogar o eliminar un trámite completo sin introducir ninguna otra reforma.

Artículo 5º—De la recepción de la documentación. Los entes y órganos de la Administración Pública Central, deberán presentar a la Dirección de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia la evaluación del costo-beneficio de la regulación llenada de acuerdo a las indicaciones, en adición al resto de la documentación que deben aportar para el trámite de firma del señor Presidente de la República o quien ejerza la Presidencia de la República.

Artículo 6º—De los casos en los que no venga el formulario. Los casos en los que un proyecto de Decreto Ejecutivo venga sin el respectivo formulario, la Dirección de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia podrá consultar a la Unidad Técnica de Apoyo de la Comisión de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, si es necesario su inclusión dentro de la documentación, teniendo la Unidad Técnica de Apoyo un plazo máximo de 3 días naturales para pronunciarse sobre la consulta.

Artículo 7º—Del procedimiento para la revisión de la evaluación costo-beneficio de la regulación por primera vez. La Comisión de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, por medio de su Unidad Técnica de Apoyo, velará porque los Ministerios cumplan con el llenado y presentación de la evaluación del costo-beneficio. La Unidad Técnica revisará, analizará su contenido y emitirá su criterio a la Dirección de Leyes y Decretos, en un plazo máximo de 5 días naturales, pudiendo extenderse por 5 días más cuando la complejidad de la propuesta lo amerite, para lo cual la Unidad Técnica solicitará a la Dirección de Leyes y Decretos la ampliación de dicho plazo. La Dirección de Leyes y Decretos pondrá a disposición de cada ente u órgano de la Administración Central los informes con las respectivas observaciones para su aclaración, ampliación o corrección.

Cuando los formularios se presenten con información incompleta, se procederá a través de la Dirección de Leyes y Decretos del Ministerio de Presidencia a su devolución a fin de que dicha información sea completada. Cuando se encuentren debidamente completos se procederá a su análisis y revisión a fin de emitir el criterio indicado.

Artículo 8º—Del procedimiento para la revisión de la evaluación costo-beneficio de la regulación por segunda vez. Los ministerios correspondientes realizarán las aclaraciones, ampliaciones o correcciones señaladas a la regulación propuesta y a la evaluación del costo-beneficio y las remitirán nuevamente a la Dirección de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia para su respectivo trámite.  La Comisión de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, por medio de su Unidad Técnica de Apoyo, las analizará y emitirá su criterio a la Dirección de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia, en un plazo máximo de 5 días naturales.

Artículo 9º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de agosto del dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Gilberto Barrantes Rodríguez.

 

ANEXO 1

“Metodología Evaluación costo-beneficio de la regulación

que establece nuevos trámites, modifican los

existentes o eliminan trámites”

Introducción.

El análisis costo-beneficio de la regulación busca medir el impacto económico y administrativo que tiene toda propuesta de regulación, cuando éstas establezcan trámites, requisitos y procedimientos sobre inscripciones, registros u autorizaciones, con el propósito de asegurar que dichas propuestas sean eficientes y que realmente logren el objetivo para el cual se formulen, sin establecer medidas y requisitos innecesarios.

El análisis costo-beneficio de la regulación lo deberán realizar los ministerios que conforman la Administración Pública, sólo para aquellas regulaciones que establezcan nuevos trámites o procedimientos, o modifiquen trámites  existentes. Asimismo, éste análisis le permite a los entes proponentes realizar una evaluación en relación con el sustento legal de sus propuestas, evitando la generación de regulaciones contradictorias, ambiguas, duplicadas y garantizando que no vayan más allá de lo que les permite la ley.

Para tal efecto, se adjunta el presente “Formulario de Evaluación Costo-Beneficio”, el cual se utilizará como la metodología para realizar dicha evaluación por parte de los ministerios, que entre otras competencias, tienen la emitir regulaciones en conjunto con el señor Presidente de la República. En caso de que la propuesta establezca sólo una modificación en la cual únicamente se eliminen documentos u otros requisitos innecesarios, siempre y cuando no se introduzca otro tipo de modificación se deberán llenar la sección 1 (Información General) y el inciso 2.2) del siguiente formulario.

FORMULARIO DE EVALUACIÓN COSTO-BENEFICIO

Instrucciones Generales. Se debe realizar la evaluación de costo-beneficio solamente cuando la propuesta de regulación establezca nuevos trámites, requisitos y procedimientos sobre inscripciones, registros o autorizaciones, o modifiquen o eliminen trámites existentes.

En caso de que la propuesta de regulación sea una reforma a un trámite existente en la cual únicamente: se eliminan documentos y requisitos innecesarios, se establezcan plazos definidos, se reduzcan los plazos de resolución, o se disminuyan los procedimientos, solamente se deberán llenar la sección 1 (Información General) y el inciso 2.2 de este formulario.

Al formulario de evaluación de costo-beneficio, en caso de ser necesario, se le pueden adjuntar hojas adicionales para completar las respuestas.

SECCIÓN 1. INFORMACIÓN GENERAL.

1.1 Ministerios o instituciones competentes.

Rector en la materia:____________________________________

Otros  ministerios o instituciones:

______________________________________________________

_____________________________________________________

1.2 Título de la regulación propuesta:______________________

______________________________________________________

1.3 Unidad (es) Técnica(s) responsable(s) de la regulación propuesta:_________________________________________

______________________________________________________

1.4 Identifique la problemática o situación que el decreto ejecutivo o reglamento pretende resolver.

SECCIÓN 2. ANÁLISIS LEGAL.

2.1 Cite el fundamento legal que brinda la potestad para emitir la regulación propuesta. Así como la regulación vigente de esta entidad u otra entidad, que se relaciona directamente con la materia de esta propuesta de decreto. (Cite ley, reglamento, o decreto ejecutivo y los artículos, puede usar hojas adicionales)

2.2 Enumere y justifique los cambios que se introducen en la regulación, por medio de esta propuesta de decreto. (Puede usar hojas adicionales).

SECCIÓN 5. COSTOS Y BENEFICIOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE REGULACIÓN.

Costos.

5.1 Enumere los grupos o sectores a quiénes la propuesta de regulación afectaría los costos. (Pueden ser tanto del sector público como privado).

______________________________________________________

_____________________________________________________

_____________________________________________________

____________________________________________________

5.2 Costos de la propuesta de regulación

En cada uno de las opciones, marque con una “X” las que se ajustan a la regulación propuesta.

Costos de la Administración

1.  Se genera un aumento en los costos de operación para el

cumplimiento de los nuevos requisitos.                                (  )

2.  Se requiere nuevo equipo para ejecutar la propuesta

     regulación.                                                                             (  )

3.  La propuesta implica una carga adicional de trabajo

     y un aumento de casos por resolver.                                    (  )

4.  Se van a generar costos adicionales por monitoreo y

     fiscalización de campo.                                                         (  )

5.  Se requiere de presupuesto anual adicional para cumplir

     con la propuesta de regulación.                                             (  )

6.  Se necesita recurso humano adicional para ejecutar o

     verificar el trámite.                                                                (  )

7.  Se requiere de capacitación de personal.                               (  )

8.  Otros (especifique)______________________________   (  )

_____________________________________________    (  )

                                Subtotal (costos de la Administración):____

Costos para los administrados

9.  Se crean nuevos trámites.                                                           (  )

10.   Se imponen requisitos adicionales.                                             (  )

11.   Se aumenta el tiempo de resolución de los trámites.                  (  )

12.   Se establecen o aumentan el pago de cánones, tarifas, o

costos de servicios.                                                                    (  )

13.   Se establece la elaboración y presentación

de estudios técnicos.                                                                  (  )

14.   Se establece certificaciones, autenticaciones o

consularizaciones a presentar como requisito.                           (  )

15.   Se requiere de compra o sustitución de equipo especial por

parte de los administrados para cumplir con los nuevos

requerimientos (Se debe indicar sólo cuando se produzca

un cambio en la tecnología utilizada).

Indique cuales: ____________________________________   (  )

16.   Se requiere de recurso humano adicional para el

cumplimiento de los nuevos requerimientos.                             (  )

17.   Se requiere de capacitación de personal.                                    (  )

18.   Se genera un aumento en los costos de operación para

el cumplimiento de los nuevos requisitos (variaciones

al proceso de producción o al producto o servicio

en adición a modificaciones en los incisos anteriores).               (  )

19.   Costos adicionales de papeleo y tiempo para realizar

el trámite.                                                                                   (  )

20.   Se va a requerir de un mayor tiempo para ejecutar

actividades productivas (exportación, importación,

producción, entre otros).                                                            (  )

21.   Otros (especifique)_________________________________(  )

                                Subtotal (costos de los administrados): __________

                                                                     Total (casilla A):__________

Beneficios.

5.3 Identifique los grupos o sectores que se benefician con la regulación propuesta.

______________________________________________________

_____________________________________________________

______________________________________________________

5.4 Beneficios de la propuesta de regulación

En cada uno de las opciones, marque las que se ajustan a la regulación propuesta.

Beneficios de la Administración

1.  Se mejora la protección de la salud

     humana. Justifique:___________________________         (  )

2.  Se mejora los sistemas de protección de seguridad

     social. Justifique:_______________________________    (  )

3.  Se mejora los sistemas de protección de seguridad

     ciudadana. Justifique:___________________________      (  )

4.  Se mejora los sistemas de protección ambiental.

     Justifique:_____________________________________   (  )

5.  Se mejora la protección de la salud animal.

     Justifique:____________________________________     (  )

6.  Se mejora la protección de la sanidad

     vegetal. Justifique:_______________________________  (  )

7.  Se mejoran los sistemas de información y base de

     datos para el monitoreo y fiscalización.

     Justifique:______________________________________ (  )

8.  Se mejora o fortalece la coordinación entre los

     departamentos de la institución.

     Indique con cuáles:_____________________________      (  )

9.  Se coordina entre diferentes instituciones para la

     realización del trámite. Indique con cuáles:__________       (  )

10.   Permite al país cumplir con compromisos

     internacionales existentes.

     Indique  cuáles:________________________________     (  )

11.   Se genera un ahorro de tiempo laboral. Justifique:______    (  )

12.   Disminuyen los costos y gastos administrativos

     al ejecutar el trámite.                                                             (  )

13.   Se establecen nuevos ingresos.                                              (  )

14.   Otros (especifique): _____________________________   (  )

                             Subtotal (beneficios de la Administración):_____

Beneficios para los administrados

15.   Hay una reducción en los plazos de resolución del trámite.

        Indique cuáles:__________________________________   (  )

16    Se eliminan documentos o requisitos.

             Enumérelos:____________________________________  (  )

17.   Se eliminan trámites existentes.

             Enumérelos:____________________________________  (  )

18.   Se reduce el tiempo de resolución de los trámites

             existentes. Justifique:_____________________________  (  )

19.   Disminuyen los costos y gastos administrativos

        al ejecutar el trámite.                                                             (  )

20.   Se brinda mayor seguridad jurídica y se establece

        reglas claras. Justifique:__________________________    (  )

21.   Otros (especifique): _____________________________   (  )

                             Subtotal (beneficios para los administrados):_____

                                                           Total (casilla B):______

SECCIÓN 6. RESULTADO DE LA EVALUACIÓN COSTO-BENEFICIO.

6.1 Resumen de Costos-Beneficios (casilla A menos casilla B):_____.

6.2 Decisión. Yo_______________________________________, en calidad de_________________, hago constar que con base en el evaluación costo-beneficio y el análisis de la información detallada en la misma, la propuesta de regulación debe promulgarse por cuanto los beneficios que genera son mayores a los costos de aplicarla.

Firma del Ministro(a) o encargado(a) de la regulación: ______

Sello:

 

GUÍA DE LLENADO DEL FORMULARIO

DE EVALUACIÓN COSTO-BENEFICIO

Se debe realizar la evaluación de costo-beneficio solamente cuando la propuesta de regulación establezca nuevos trámites, requisitos y procedimientos sobre inscripciones, registros o autorizaciones, o modifiquen o eliminen trámites existentes.

En caso de que la propuesta de regulación sea una reforma a un trámite existente en la cual únicamente: se eliminan documentos y requisitos innecesarios, se establezcan plazos definidos, se reduzcan los plazos de resolución, o se disminuyan los procedimientos, se deberán llenar la sección 1 (Información General) y el inciso 2.2 de este formulario.

Al formulario de evaluación de costo-beneficio, en caso de ser necesario, se le pueden adjuntar hojas adicionales para completar las respuestas.

SECCIÓN 1. INFORMACIÓN GENERAL.

1.1 Ministerios o instituciones competentes.

Rector en la materia. Indicar nombre de la autoridad administrativa que por ley se establece que sea el ente rector en la materia que se busca regular.

Otros ministerios o instituciones. Detallar los otros ministerios o instituciones que por ley tengan también competencia en la materia.

1.2 Título de la regulación propuesta. Anotar el título del reglamento o del decreto ejecutivo, según sea el caso. Es recomendable que toda propuesta de regulación que establezca un trámite nuevo, sea acompañada de un título que la identifique.  En caso de que la propuesta de regulación sea una reforma parcial a una regulación vigente, se debe especificar claramente a cuál decreto ejecutivo se refiere, con su fecha de suscripción y datos de publicación.

1.3 Unidad (es) Técnica(s) responsable(s) de la regulación propuesta. Indicar el nombre de las Unidades, Direcciones o Departamentos responsables de la elaboración de la propuesta.

1.4 Identifique la problemática o situación que el reglamento o decreto ejecutivo propuesto pretende resolver. Indicar el problema que se espera solucionar con la regulación propuesta, la problemática o situación es la causa por la cual se origina la necesidad de emitir una regulación, esta va en relación con el interés público que se desea proteger o resguardar.

SECCIÓN 2. ANÁLISIS LEGAL.

2.1 Cite el fundamento legal que brinda la potestad para emitir la regulación propuesta. Así como la regulación vigente de esta entidad u otra entidad, que se relaciona directamente con la materia de esta propuesta de decreto. Cite el fundamento legal que le da la potestad y competencia a la(s) entidad (es) firmantes de emitir las disposiciones propuestas. Asimismo, deberá señalarse todo el marco regulatorio relacionado con el tema (leyes, decretos, directrices). Se debe anotar el nombre y número de Ley, así como el reglamento o decretos ejecutivos con sus citas de número y con sus respectivos artículos. 

Es importante verificar que no se están estableciendo regulaciones contradictorias a las existentes, que no se genere ningún traslape de competencias con otras instituciones, y que se deroguen explícitamente todas las regulaciones, guías o formularios que pierden vigencia con esta propuesta. Además, se debe recordar que de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico ninguna regulación podrá exceder las atribuciones que le brinda la ley.

2.2 Enumere los cambios que establece la propuesta de regulación y justifique el por qué es necesario realizar tales cambios. Especificar los nuevos aspectos que se le introducen al marco regulatorio actual por medio de la propuesta de regulación.  Asimismo, se deben especificar los cambios cuando se regulan aspectos ya regulados con anterioridad, ya sea porque se eliminan, modifican o amplían requisitos o procedimientos ya contenidos en la regulación.

SECCIÓN 3. TRÁMITES Y REQUISITOS

3.1 Nombre del trámite. Indicar en forma clara y completa el nombre del trámite o procedimiento que se establece en la propuesta de regulación. Entiéndase por trámite cada una de las diligencias necesarias para la resolución de un asunto que el ordenamiento jurídico obliga al administrado a realizar para los casos de inscripciones, registros u autorizaciones. Si en la regulación propuesta se establece más de un trámite se deberá completar esta sección para cada uno de los trámites.

3.2 Plazo para resolver el trámite. Señalar claramente el plazo en que la Administración Pública resolverá el trámite o procedimiento de la regulación propuesta. Es importante recordar que tanto la Ley General de la Administración Pública como la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, estipula que la Administración Pública deberá resolver el trámite, verificar la información presentada por el administrado y prevenirle, por una única vez y por escrito, para que complete los requisitos omitidos en el trámite.

3.3 Requisitos. Señalar uno a uno todos los requisitos necesarios para cumplir con el trámite señalado en la regulación propuesta. Entiéndase por requisito toda circunstancia o condición necesaria para la existencia o ejercicio de un derecho, para la validez y eficacia de un acto jurídico concerniente a un trámite de inscripción, registro o autorización. (Punto 3.3 de la tabla de esta sección).

No es recomendable al redactar la propuesta de regulación utilizar frases que permitan la discrecionalidad y la confusión para el administrado, tales como:

    “Requisitos mínimos”.

    “Aportar como mínimo”.

    “Aportar al menos los siguientes requisitos”.

    “Documentación idónea”.

    “El plazo será definido por el funcionario responsable”.

Es importante señalar que todos los requisitos cumplan con las siguientes características:

    Sean los  necesarios para la toma de decisiones.

    Suministren la información básica o indispensable.

    Estén en función de los objetivos de la regulación.

    Sean fundamentados en un análisis técnico-científico y contengan fundamento legal.

    Sean verificables o medibles.

    Aporten un valor agregado al fin u objetivos que se persigue con la regulación propuesta.

3.4 Justificación. Indicar para cada uno de los requisitos el porqué son necesarios.  Dicha justificación siempre debe estar en función de los objetivos de la regulación propuesta. (Punto 3.4 de la tabla de esta sección).

3.5 Fundamento legal específico de cada requisito. Citar la ley, reglamento, decreto ejecutivo, y cada uno de los artículos respectivos, en los cuáles se sustenta la solicitud del requisito. (Punto 3.5 de la tabla de esta sección).

3.6 Institución y dependencia que emite el requisito. En caso de que el requisito sea emitido por otra institución, o dependencia anotar el nombre. (Punto 3.6 de la tabla de esta sección).

3.7 Fundamento técnico-científico. Indicar para los requisitos técnicos (estudios técnico-científicos, pruebas científicas, análisis científicos entre otros) cuál es la razón técnico-científico del mismo. Lo cuál debe tener relación directa con el fin y los objetivos de la regulación propuesta. (Punto 3.7 de la tabla de esta sección).

SECCIÓN 4. CÁNONES, TARIFAS O COSTOS PARA EL TRÁMITE.

En el caso en que la regulación propuesta establezca el cobro de un canon, tarifa o pago de un servicio, debe llenar la tabla de esta sección.

4.1 Canon, tarifa o costo del servicio. Señalar el concepto y monto del canon, tarifa o costo del servicio. Cuando exista más de un rubro, señalar el concepto y monto de cada uno. (Punto 4.1 de la tabla de esta sección).

4.2 Justificación. Indicar el uso o fin que tiene el canon, tarifa o servicio.  Es decir, en qué será empleado.  Dicha justificación debe estar en función de los objetivos de la regulación propuesta.  (Punto 4.2 de la tabla de esta sección).

4.3 Fundamento legal. Citar la normativa jurídica, y sus respectivos artículos, que lo facultan a establecer el cobro del canon, la tarifa o del servicio en la regulación propuesta. (Punto 3 de la tabla de esta sección).

4.4 Parámetro para fijar el canon, tarifa, costo del servicio. Detallar los parámetros o variables que se tomaron en consideración para fijar el monto del canon, tarifa, costo del servicio.  Sólo cuando el monto del canon, tarifa, costo del servicio, sea estipulado en la normativa jurídica, se exime de completar esta columna. (Punto 4.4 de la tabla de esta sección).

4.5 Mecanismo de ajuste del canon, tarifa, costo del servicio. Detallar la periodicidad y el mecanismo que se utilizará para ajustar o aumentar el monto del canon, tarifa, costo del servicio.  (Punto 4.5 de la tabla de esta sección).

SECCIÓN 5. COSTOS Y BENEFICIOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE REGULACIÓN.

Costos.

5.1 Enumere los grupos o sectores a quiénes la propuesta de regulación afectaría los costos. Deberá proporcionarse una lista detallada de todos los grupos o sectores que serían afectados por la regulación propuesta. Estos grupos pertenecen a:

    Las empresas en cada uno de los sectores y subsectores afectados.

    Los hogares, consumidores o grupos de individuos afectados, identificados en forma precisa.

    Dependencias de la Administración Pública que suscriban la propuesta de regulación, central y descentralizada, instituciones del sector público, que incurrirían en costos por su aplicación o según corresponda porque deben implementarla y verificarla.

    Otros grupos afectados que no hayan sido mencionados anteriormente.

5.2 Costos de la propuesta de regulación.

Costos de la Administración. Marcar las opciones de costos que se ajustan a la propuesta de regulación. Si existieran otros aspectos que representasen costos para la Administración deberá especificarlos en el inciso 8). Cada opción de costos marcada tiene un valor de un punto. Indicar en la casilla Subtotal (costos de la Administración) el total de puntos que representan las opciones de costos de la Administración marcadas.

Costos para los administrados. Marcar las opciones de costos que se ajustan a la propuesta de regulación. Si existieran otros aspectos que representasen costos para los administrados deberá especificarlos en el inciso 21). Cada opción de costos marcada tiene un valor de un punto. Indicar en la casilla Subtotal (costos para los administrados) el total de puntos que representan las opciones de costos para los administrados marcadas.

Total (casilla A). Debe indicarse en la casilla Total (casilla A) la suma del subtotal de costos de la Administración y el subtotal de los costos para los administrados.

Beneficios.

5.3 Identifique los grupos o sectores que se benefician con la regulación propuesta. Deberá proporcionarse una lista detallada de todos los grupos o sectores que se benefician con la regulación propuesta. Estos grupos pertenecen a:

    Las empresas en cada uno de los sectores y subsectores beneficios.

    Los hogares, consumidores o grupos de individuos beneficiados, identificados en forma precisa.

    Dependencias de la Administración Pública, central y descentralizada, instituciones del sector público.

    Otros grupos beneficiados que no hayan sido mencionados anteriormente.

5.4 Beneficios de la propuesta de regulación.

Beneficios de la Administración. Marcar las opciones de beneficios que se ajustan a la propuesta de regulación. Si existieran otros aspectos que representasen beneficios para la Administración se deberá especificarlos en el inciso 14). Cada opción de beneficios marcada tiene un valor de un punto. Indicar en la casilla Subtotal (beneficios de la Administración) el total de puntos que representan las opciones de beneficios de la Administración marcadas.

Beneficios para los administrados. Marcar las opciones de beneficios que se ajustan a la propuesta de regulación. Si existieran otros aspectos que representasen beneficios para los administrados se deberá especificarlos en el inciso 21). Cada opción de beneficios marcada tiene un valor de un punto. Indicar en la casilla Subtotal (beneficios para los administrados) el total de puntos que representan las opciones de beneficios para la administración marcadas.

Total (casilla B). Debe indicarse en la casilla Total (casilla B) la suma del subtotal de beneficios de la Administración y el subtotal de los beneficios para los administrados

SECCIÓN 6. RESULTADO DE LA EVALUACIÓN COSTO-BENEFICIO.

6.1 Resumen de Costos-Beneficios. Indicar el resultado de la diferencia entre los costos y los beneficios de la regulación propuesta (el resultado de la casilla A menos el resultado de la casilla B).

6.2 Decisión. Indicar el nombre completo del Ministro(a) o encargado(a) de la regulación.

El Ministro(a) o encargado(a) de la regulación debe firmar y sellar la evaluación costo-beneficio haciendo constar que la regulación presenta mayores beneficios que costos o sino fuera así, las razones por las que siempre considera que la regulación debe ser emitida.

Gaceta N° 199, 17 de octubre de 2005.

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