Colocado
en Internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32680-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO
Considerando:
1º—Que
la Asamblea Legislativa mediante Ley Nº 8452 del día 13 de julio del 2005,
publicada en La Gaceta Nº 147 del primer día de agosto del 2005, aprobó
el Convenio de Santa Cruz de la Sierra constitutivo de la Secretaría General
Iberoamericana, suscrito por Costa Rica en la ciudad de La Paz, el 19 de mayo
de 2004.
2º—Que según el artículo 14, los
instrumentos de ratificación serán depositados en los Archivos del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Bolivia. Por tanto,
En uso de
las facultades que les confieren los incisos 10 y 12 de los artículos 140 y 146
de la Constitución Política de la República de Costa Rica.
Decretan:
Artículo
1º—La ratificación de la República de Costa Rica al Convenio de Santa
Cruz de la Sierra constitutivo de la Secretaría General Iberoamericana,
suscrito por Costa Rica en la ciudad de La Paz, el 19 de mayo de 2004.
Artículo 2º—Rige a partir de la fecha.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los
veinticuatro días del mes de agosto del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.
Gaceta N° 228, 25
de noviembre de 2005.
Colocado
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