Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32620-MEP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las atribuciones que les
otorgan los artículos 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política y 27 de
la Ley General de la Administración Pública.
Considerando:
I.—Que el pensamiento del Foro Latinoamericano
de Educación Musical (FLADEM) es dar mayor prioridad a nuestras identidades
nacionales antes que a cualquier otra corriente musical, con el propósito de
mejorar la educación musical de las regiones y fortalecer los lazos entre los
educadores musicales latinoamericanos.
II.—Que conscientes de la
importancia de intercambiar y enriquecer la experiencia pedagógica de los
educadores de las diferentes regiones latinoamericanas que con frecuencia
carecen de la disponibilidad y acceso a los medios de actualización
profesional, el FLADEM ha venido realizando anualmente un congreso de educación
musical en los distintos países miembros.
III.—Que Costa Rica ha sido
designada como sede del XI Congreso Anual de Educación Musical, que se llevará
a cabo en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio de la
Universidad de Costa Rica entre los días del 10 al 15 de julio del 2005, sin
que ello perjudique el transcurso normal del curso lectivo, toda vez que los
estudiantes se encontrarán en vacaciones de medio período tal y como se
estipula en el calendario escolar.
IV.—La actividad consistirá
en una serie de conferencias magistrales y talleres a cargo de expertos
internacionales y espera reunir a aproximadamente 200 docentes provenientes de
todo Latinoamérica, contando con el auspicio de la Universidad de Costa Rica,
la Universidad Nacional, la UNESCO y el Colegio de Licenciados y Profesores en
Letras, Filosofía, Ciencias y Artes.
V.—Que son fines de la educación
costarricense, según se estatuye en el artículo 2 de la Ley Fundamental de
Educación, la formación de ciudadanos amantes de su Patria, conscientes de sus
deberes, de sus derechos y de sus libertades fundamentales, con profundo
sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad humana; contribuir al
desenvolvimiento pleno de la personalidad humana y estimular el desarrollo de
la solidaridad y la comprensión humana, entre otros. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Se declara de interés
educativo el XI Congreso Anual de Educación Musical organizado por el Foro
Latinoamericano de Educación Musical con el auspicio de la Universidad de Costa
Rica, la Universidad Nacional, la UNESCO y el Colegio de Licenciados y
Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes, que se llevará a cabo entre
los días del 10 al 15 de julio del presente año.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiuno días del mes de junio del
dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Educación Pública, Manuel Antonio
Bolaños Salas.
Gaceta N° 179, 19 de setiembre
de 2005.
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