Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32555-RE
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en los artículos 140,
incisos 3), 8), 10), 12) y 20) y 146 de la Constitución Política.
Por cuanto:
Mediante la nota verbal de la Embajada del
Japón número CR-463-05 del 26 de julio del 2005, suscrita por el Excelentísimo
Señor Embajador Yoshihiko Sumi
y la nota verbal número DM-199-05 del 27 de julio del 2005 del señor Roberto
Tovar Faja, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se formalizó el Acuerdo
sobre Programas Específicos de Cooperación Técnica, que se detallan en el
anexo, los cuales llevará a cabo la Agencia de Cooperación Internacional del
Japón, en el año fiscal japonés 2005, del 1º de abril de 2005 al 31 de marzo de
2006.
Considerando:
1º—Que el artículo 2 del Acuerdo de
Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el
Gobierno del Japón suscrito en la ciudad de Tokio el veinticuatro de mayo de
mil novecientos ochenta y cinco y aprobado por la Asamblea Legislativa mediante
Ley número 7036 del seis de mayo de mil novecientos ochenta y seis, establece
que los Gobiernos celebrarán acuerdos separados en forma escrita para poner en
práctica programas específicos de cooperación técnica acordados por los dos
Gobiernos.
2º—Que el presente Acuerdo especial derivado del
Acuerdo de Cooperación Técnica mencionado, bajo la modalidad de canje de notas
ha sido concluido con el deseo de fortalecer e intensificar los lazos de
amistad y cooperación que existen entre ambos países. Por tanto,
En uso de las facultades conferidas por el artículo 140,
incisos 3), 8), 10), 12) y 20) de la Constitución Política.
Decretan:
Artículo 1º—Promulgar teniéndolo como
vigente para los efectos internos y externos, el Acuerdo mediante canje de
notas, constituido por la nota verbal de la Embajada del Japón número CR-463-05
del 26 de julio del 2005, suscrita por el Excelentísimo Señor Embajador Yoshihiko Sumi y la nota verbal
número DM-199-05 del 27 de julio del 2005 del señor Roberto Tovar Faja,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, mediante las cuales se formalizó el
Acuerdo sobre Programas Específicos de Cooperación Técnica, detallados en el
anexo, los cuales llevará a cabo la Agencia de Cooperación Internacional del
Japón, en el año fiscal japonés 2005, cuyos textos son los siguientes:
NOTA VERBAL
La Embajada del Japón saluda muy
atentamente al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa
Rica, Dirección de Cooperación Internacional, para referirse a las recientes
conversaciones entre los representantes del Gobierno del Japón y el Gobierno de
Costa Rica concernientes al Acuerdo sobre Cooperación Técnica entre el Gobierno
de la República de Costa Rica y el Gobierno del Japón, firmado en Tokio, el día
24 de mayo de 1985 (en adelante se le denominará “el Acuerdo”), y
proponer los siguientes arreglos:
1) Programas
Específicos de Cooperación Técnica (en adelante se les denominará “los
Programas”) que se pormenorizan en el documento anexo se llevarán a cabo
por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, en el año fiscal japonés
(en adelante se le denominará “el AFJ”) 2005 (de 1 de abril de 2005
a 31 de marzo de 2006) de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes en
Japón.
2) De
conformidad con el Acuerdo, el Gobierno de Costa Rica concederá los
privilegios, inmunidades y beneficios estipulados en el Acuerdo a los Expertos
japoneses y los miembros de las Misiones y sus familiares, así como los
equipos, maquinarias y materiales en relación con la implementación de los
Programas.
3) Modificaciones
o adiciones de los Programas en el AFJ 2005 se harán por un arreglo entre las
autoridades competentes de los dos Gobiernos. La autoridad competente del
Gobierno del Japón es Ministerio de Asuntos Exteriores, y la autoridad
competente del Gobierno de Costa Rica es el Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto.
4) Los
dos Gobiernos se consultarán mutuamente con respecto a cualquier asunto que
pueda originarse de, o en conexión con los arreglos de la presente.
Asimismo, la Embajada del Japón tiene el
honor de proponer que la presente Nota Verbal de la Embajada y la Nota Verbal
de respuesta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica
aceptando en nombre del Gobierno de Costa Rica los arreglos arriba mencionados,
constituyen un acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor, a
partir de la fecha, en que el Ministerio de Relaciones Exteriores, comunique a
la Embajada del Japón, el cumplimiento de sus requisitos constitucionales para
tal efecto.
La Embajada del Japón aprovecha la oportunidad para reiterar
al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Dirección de
Cooperación Internacional, las seguridades de su más alta y distinguida
consideración.
San José, 26 de julio del 2005
Al
Honorable
Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto
Dirección
de Cooperación Internacional
Ciudad
ANEXO
PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TÉCNICA DEL JAPÓN
PARA EL AÑO FISCAL JAPONÉS DE 2005
COSTA RICA
Proyectos de Cooperación Técnica.
Título Estado Institución Responsable
Manejo sostenible de pesquería
en el Golfo de Nicoya En marcha UNA, INCOPESCA
Mejoramiento de
productividad
para las empresas en la República Ministerio
de Ciencia
de Costa Rica En
marcha y Tecnología
Instituto
Latinoamericano de Curso de Entrenamiento Internacional las Naciones Unidas para la
sobre la reforma de sistema de justicia Prevención
del Delito y
criminal en Latinoamérica En marcha Tratamiento del Delincuente
(ILANUD).
Otras Cooperaciones Técnicas.
2-1. Expertos.
2-1-1. Experto (su período de envío excede a un año)
Título Estado Institución Responsable
Ninguno
2-1-2. Experto (su período de envío no excede a un año)
Título Estado Institución Responsable
Sistema de ubicación global y
sismología (GIS) En
marcha OVSICORI, UNA
Sistema de
ubicación global y
sismología (GPS) En
marcha OVSICORI, UNA
Geoquímica de fluido volcánico y
sistema de ubicación global En marcha OVSICORI,
UNA
2-2. Entrenamiento
2-2-1. Programa de Entrenamiento en el Japón.
Tipo de Entrenamiento Cuotas Detalles de los Cursos
Cursos en Grupo 26 Lista
1.
Países Enfocados 8 Lista
2.
Total 34
2-2-2. Entrenamiento en Costa Rica
Tema de entrenamiento Cuota Institución Responsable
Ninguno
2-2-3. Programa de Entrenamiento en Tercer País (que será
financiado)
Tema de Entrenamiento Cuota Institución Responsable
Ninguno
2-2-4. Programa de Invitación a los Jóvenes (Programa de
Amistad para el Siglo 21)
Tema de Entrenamiento Cuota Institución Responsable
Educación 1
2-3. Equipos, Maquinaria y Materiales
Título Estado Institución Responsable
Ninguno
Misiones de Estudio de Desarrollo.
Título Estado Institución Responsable
Desarrollo de Capacidad para el
Planeamiento
de Rehabilitación,
Mantenimiento y Manejo de Puentes
basado en los 29 Puentes de la Red Ministerio
de Obras Públicas
Nacional de Carretera en Costa Rica Nuevo y Transportes (MOPT)
El Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, saluda muy atentamente a la Honorable Embajada del Japón y tiene el
honor de acusar recibo de la Nota Verbal Nº CR-463-05 de la Embajada con fecha
26 de julio de 2005.
Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
tiene el honor de aceptar, en nombre del Gobierno de la República de Costa
Rica, la propuesta que se explica en la Nota Verbal arriba indicada, y acordar
que la Nota Verbal de esa Honorable Embajada y esta Nota Verbal de respuesta
constituyan un acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor, a
partir de la fecha, en que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
comunique a la Honorable Embajada del Japón, el cumplimiento de sus requisitos
constitucionales para tal efecto.
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, aprovecha la
oportunidad para reiterar a la Honorable Embajada del Japón las seguridades de
su más alta y distinguida consideración.
San José, 27 de julio del 2005
A la Honorable
Embajada del Japón
Ciudad
Artículo 2º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes agosto del dos mil
cinco.
LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Marco Vinicio Vargas Pereira.
Gaceta N° 160, 22 de agosto de
2005.
Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
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Costa Rica - Desde 1983
Costa Rica
Normativa de la Administración Pública