Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32552-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
En el
ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 3º y 18 del numeral
140 de la Constitución Política; la Ley de Creación del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, Ley de Expropiaciones aplicable a los asuntos de
interés y la Ley General de la Administración Pública.
Considerando:
I.—Que
en La Gaceta Nº 58 del 22 de marzo de 1984, se publicó el Decreto Nº
15253-MOPT del 24 de febrero de 1984.
II.—Que mediante el
citado Decreto, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó
conforme las disposiciones de la Ley Nº 36 del 26 junio de 1896 y Ley de
Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 4786 de 5 de julio
de 1971, expropiar a María Esperanza Fallas Ortega, cédula de identidad Nº
1-181-734, un lote de terreno que mide 5.900,68 metros cuadrados, inscrito en
el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 039.176-000,
ubicado en el distrito 07 del cantón 01, de la provincia de Cartago, necesaria
para la ampliación de las instalaciones del Instituto Técnico Agropecuario de
San Juan Sur.
III.—Que
mediante oficio Nº 05/0236 del 7 de marzo del 2005, el señor Rodolfo Madrigal
Sancho, Jefe Departamento de Terrenos del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, indica que el bien inmueble descrito en el considerando anterior
no fue afectado con la ampliación de las instalaciones del Instituto Técnico
Agropecuario de San Juan Sur.
IV.—Que la Ley General
de la Administración Pública en sus numerales 152 siguientes y concordantes,
determinan que la Administración Pública puede dejar sin efecto (revocar) por
causas de oportunidad, conveniencia o mérito los actos administrativos
emitidos, lo cual está confirmado por el texto del artículo 69 de la Ley de
Contratación Administrativa.
V.—Que en razón de todo lo anterior, se procede a emitir
el presente Decreto, determinándose. Por tanto:
Decretan:
Artículo
1º—Dejar sin efecto el Decreto Nº 15253-MOPT del 24 de febrero de 1984,
publicado en La Gaceta Nº 58 del 22 de marzo de 1984.
Artículo 2º—Ordénese la
eliminación de nota de advertencia que soporta el documento catastral matrícula
C-412154-80.
Artículo 3º—Rige a
partir de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a las
dieciséis cuarenta horas del día treinta del mes de marzo del dos mil cinco.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de
Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós
Bustamante.
Gaceta N°
159, 19 de agosto de 2005.
Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
Costa Rica
Normativa de la Administración Pública