Colocado en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A     B     O     G     A     D     O   S
Costa Rica - Desde 1983

32451-MEP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

En el ejercicio de las atribuciones conferidos en el artículo 140, de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que la educación, como fenómeno social, reviste la mayor importancia en el desarrollo individual y colectivo, siendo necesario promover espacios de diálogo abierto sobre sus alcances y contenidos.

II.—Que la Asociación Nacional de Educadores promueve el desarrollo de un congreso pedagógico que permita reflexionar sobre temas educativos de gran importancia nacional, que se realizará los días 5, 6 y 7 de julio del 2005.

III.—Que el Ministerio de Educación Pública, propicia el desarrollo de espacios de análisis serios y objetivos en procura del fortalecimiento de la educación nacional. Por tanto,

Artículo 1º—Declárase de interés público el “Congreso Pedagógico 2005”, cuyo tema central será “La Transformación Integral de la Educación desde la Perspectiva Pedagógica”, que organiza la Asociación Nacional de Educadores, por realizarse en la ciudad de San José los días 5, 6 y 7 de julio del 2005, en virtud del aporte a la discusión de los grandes temas nacionales en materia educativa.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Ciudad de San José, a los tres días del mes de junio del dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Educación Pública, Manuel Antonio Bolaños Salas.

Gaceta N° 129, 05 de julio de 2005.

Colocado en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A     B     O     G     A     D     O   S
Costa Rica - Desde 1983

Costa Rica
Normativa de la Administración Pública

Volver a la página principal