Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32451-MEP
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
En el ejercicio de las
atribuciones conferidos en el artículo 140, de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que la educación, como
fenómeno social, reviste la mayor importancia en el desarrollo individual y
colectivo, siendo necesario promover espacios de diálogo abierto sobre sus
alcances y contenidos.
II.—Que
la Asociación Nacional de Educadores promueve el desarrollo de un congreso
pedagógico que permita reflexionar sobre temas educativos de gran importancia
nacional, que se realizará los días 5, 6 y 7 de julio del 2005.
III.—Que
el Ministerio de Educación Pública, propicia el desarrollo de espacios de
análisis serios y objetivos en procura del fortalecimiento de la educación
nacional. Por tanto,
Artículo 1º—Declárase de interés público el “Congreso Pedagógico
2005”, cuyo tema central será “La Transformación Integral de la
Educación desde la Perspectiva Pedagógica”, que organiza la Asociación
Nacional de Educadores, por realizarse en la ciudad de San José los días 5, 6 y
7 de julio del 2005, en virtud del aporte a la discusión de los grandes temas
nacionales en materia educativa.
Artículo 2º—Rige a
partir de su publicación.
Dado en la Ciudad de San
José, a los tres días del mes de junio del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Educación Pública, Manuel Antonio
Bolaños Salas.
Gaceta N° 129, 05 de julio de
2005.
Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
Costa Rica
Normativa de la Administración Pública