Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32405-MINAE
EL PRESIDENTE
DE
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE
Y ENERGÍA
Con fundamento
en las facultades constitucionales que les confieren los incisos 3) y 18) de
los artículos 140 y 146 de la Constitución Política, los artículos 1°, 35 y 36
de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, publicada el 13 de noviembre de 1995,
artículos 1° y 5º de la Ley Forestal Nº 7575 publicada el 16 de abril de 1996.
Considerando:
1º—Que
el Ministerio del Ambiente y Energía, como ente rector del Sector de Recursos
Naturales, Energía y Minas, debe velar por la protección del ambiente, los
elementos que la componen y del suministro y uso racional de los mismos.
2º—Que la Ley
Orgánica del Ambiente impone al Ministerio del Ambiente y Energía el
establecimiento del ordenamiento territorial del país para armonizar, tanto el
bienestar de la población presente y futura, como la preservación del ambiente.
3º—Que la Ley
Forestal dispone que la Administración del recurso forestal será competencia
del Ministerio del Ambiente y Energía, debiendo velar en consecuencia por su
conservación en áreas de interés para el Estado, en especial en las áreas que
comprenden el patrimonio natural del Estado, el cual está constituido por los
bosques y terrenos forestales de las reservas nacionales, de las áreas
declaradas inalienables y de las fincas inscritas a su nombre y de las
pertenecientes a las municipalidades, instituciones autónomas y demás
organismos de la Administración Pública, excepto inmuebles que garanticen
operaciones crediticias con el Sistema Bancario Nacional e ingresen a formar
parte de su patrimonio. Estos terrenos serán inembargables e inalienables, no
pueden permutarse, cederse, entregarse ni darse en arrendamiento por ningún
organismo de la Administración Pública, pudiendo únicamente realizarse labores
de investigación, capacitación y ecoturismo, por lo que no podrá realizarse en
ellas labores de aprovechamiento forestal.
4º—Que parte de los
deberes y tareas del Estado es el procurar y asegurar la protección ambiental,
siendo Costa Rica uno de los países más destacados en este ámbito de acción,
estableciendo un sistema de áreas protegidas en todo su territorio, poniendo en
práctica el mandato constitucional establecido en el artículo 50.
5º—Que la Ley del
Ambiente y la Ley de Biodiversidad disponen que las áreas que sean declaradas
Refugio Nacional de Vida Silvestre serán aquellas que sean aptas para la
preservación de la flora y fauna autóctona.
6º—Que corresponde
al Sistema Nacional de Áreas de Conservación proponer al Poder Ejecutivo la
creación de nuevas áreas silvestres protegidas que serán establecidas mediante
decreto ejecutivo con precisión de sus límites.
7º—Que el Ministerio
del Ambiente y Energía, tiene entre sus proyectos más próximos, la declaratoria
de creación del Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque
situado en la zona fronteriza norte entre las desembocaduras de los ríos San
Carlos y Sarapiquí. Es un área que por su interés
científico es considerada de importancia para la conservación, pues presenta
características especiales para la conservación de importantes especies de
flora y fauna entre ellas: la Lapa verde (Ara Ambigua), Jaguar (Pantera onca), Almendro (Dypteryx panamensis), Manatí (Trichechus manatus), Gaspar (Atractosteus tropicus) y Pinillo (Podocarpus guatemalensis). La ubicación geográfica de esta zona
resulta de gran importancia ya que esta área silvestre protegida estaría
situada en el Corredor Biológico Binacional El Castillo-San Juan-La Selva, que
es continuidad del Corredor Biológico Mesoamericano entre Nicaragua y Costa
Rica y constituye el último bloque de cobertura forestal natural significativo
que permita mantener la conectividad biológica entre ambos países, por lo que
esta área conectaría hábitat claves y corredores de vida silvestre, lo que
prevendría el aislamiento de especies y de ecosistemas nativos.
8º—Que las áreas El
Jardín, Cureña y Chaparrón constituyen núcleos muy importantes para la
conservación de la biodiversidad, entre la cual se encuentran varias especies
amenazadas tales como:
Especies de
mamíferos amenazadas
Especie Nombre común Situación
1 Metachirus nudicaudatus Zorricí poco
común
2 Myrmecophaga tridactyla oso caballo peligro
3 Cyclopes didactylus serafín de platanar amenazada
4 Choloepus hoffmanni perezoso de dos dedos reducida
5 Bradypus variegatus perezoso tres dedos amenazada
6 Cabassous centralis armadillo zopilote amenazada
7 Cyttarops alecto Murciélago rara
8 Micronycteris daviesi Murciélago muy raro
9 Vampyrum spectrum Murciélago amenazada
10 Ectophylla
alba murciélago
blanco poco común
11 Thyroptera
discifera murciélago rara
12 Cebus
capucinus mono
carablanca reducida
13 Alouatta
palliata mono
congo peligro
14 Ateles geoffroyi mono
colorado amenazada
15 Sciurus
deppei ardilla amenazada
16 Dasyprocta
punctata guatusa amenazada
17 Agouti
paca tepezcuintle amenazada
18 Bassariscus
sumichrasti cacomistle, olingo amenazada
19 Bassaricyon
gabbii martilla amenazada
20 Galictis
vittata grisón amenazada
21 Lutra
longicaudis nutría peligro
22 Puma concolor puma amenazada
23 Panthera
onca jaguar amenazada
24 Leopardus
pardalis manigordo amenazada
25 Leopardus
wiedii tigrillo amenazada
26 Herpailurus
yaguarondi león
breñero amenazada
27 Trichechus
manatus manatí peligro
28 Tapirus bairdii danta amenazada
29 Tayassu
tajacu saíno amenazada
30 Tayassu
pecari cariblanco peligro
31 Odocoileus
virginianus venado
cola blanca amenazada
32 Mazama
americana cabro de monte amenazada
Especies de
aves amenazadas
Especie Nombre común Situación
1 Tinamus major gongolona amenazada
2 Crypturellus boucardi gongolona amenazada
3 Botaurus pinnatus puncus amenazada
4 Ixobrychus exilis mirasol amenazada
5 Agamia agami garza pechicastaña amenazada
6 Jabiru mycteria galán sin ventura peligro
7 Mesembrinibis cayennensis coco negro amenazada
8 Ajaia ajaja pato cuchara amenazada
9 Cairina moschata pato real amenazada
10 Oxyura
dominica pato
enmascarado amenazada
11 Sarcoramphus
papa rey de zopilotes amenazada
12 Chondrohierax
uncinatus gavilán
piquiganchudo amenazada
13 Rostrhamus
sociabilis gavilán
caracolero amenazada
14 Geranospiza
caerulescens gavilán
ranero amenazada
Especie Nombre común Situación
15 Accipiter
superciliosus camaleón amenazada
16 Leucopternis
semiplumbea gavilán
dorsiplomizo amenazada
17 Buteogallus
urubitinga gavilán
silbero amenazada
18 Busarellus
nigricollis gavilán
pescador amenazada
19 Morphnus
guianensis águila
crestada peligro
20 Harpia
harpyja águila
harpía peligro
21 Spizastur
melanoleucus aguilillo blanco y negro peligro
22 Spizaetus
ornatus aguilucho
penachudo amenazada
23 Spizaetus
tyrannus aguilucho
negro amenazada
24 Daptrius
americanus cacao peligro
25 Micrastur
mirandollei halcón
de monte amenazada
26 Falco
peregrinus halcón
peregrino amenazada
27 Falco
deiroleucus halcón
pechirrufo peligro
28 Crax
rubra pavón amenazada
29 Penelope
purpurascens pava amenazada
30 Odontophorus
melanotis chirrascuá amenazada
31 Rhynchortyx
cinctus codorniz
cariroja amenazada
32 Heliornis
fulica pato
cantil peligro
33 Eurypyga
helias sol
y luna amenazada
34 Columba speciosa torcaza amenazada
35 Geotrygon
violacea perdiz
violácea amenazada
36 Geotrygon
veraguensis paloma
bigotiblanco amenazada
37 Ara ambigua lapa verde peligro
38 Ara macao lapa roja peligro
39 Amazona autumnalis lora amenazada
40 Amazona farinosa lora amenazada
41 Neomorphus
geoffroyi cuco
hormiguero raro
42 Lophostrix
cristata lechuza amenazada
43 Lophornis
helenae colibrí amenazada
44 Elvira cupreiceps colibrí amenazada
45 Trogon
clathratus trogón amenazada
46 Chloroceryle
inda martín pescador amenazada
47 Electron
carinatum momoto
pico quilla peligro
48 Jacamerops
aurea jacamar
grande amenazada
49 Cotinga amabilis cotinga
linda amenazada
50 Carpodectes
nitidus cotinga
nivosa amenazada
51 Cephalopterus
glabricollis pájaro
sombrilla amenazada
52 Piprites
griseiceps saltarín
cabecigris amenazada
53 Laniocera
rufescens plañidera
moteada amenazada
54 Aphanotriccus
capitalis mosquerito
amenazada
55 Icterus
mesomelas chorcha,
chiltote amenazada
56 Lanio
leucothorax tangara piquiganchuda amenazada
Especies de
anfibios amenazadas
Especie Nombre común Situación
1 Dermophis parviceps solda
con solda amenazada
2 Gymnopis multiplicata dos cabezas amenazada
3 Bolitoglossa colonnea salamandra amenazada
4 Oedipina alfaroi salamandra amenazada
5 Oedipina carablanca salamandra amenazada
6 Oedipina collaris salamandra amenazada
7 Oedipina cyclocauda salamandra amenazada
8 Bufo melanochloris sapo amenazada
9 Centrolene ilex rana de vidrio amenazada
10 Centrolenella
magna rana de vidrio amenazada
11 Cochranella
spinosa rana
de vidrio amenazada
12 Dendrobates
auratus sapo
venenoso amenazada
13 Dendrobates
pumilio sapo
venenoso amenazada
14 Phyllobates
lugubris sapo
venenoso amenazada
15 Agalychnis
calcarifer rana
de árbol amenazada
16 Agalychnis
saltator rana
de árbol amenazada
17 Anotheca
spinosa rana
coronada amenazada
18 Hyla
microcephala rana
de árbol amenazada
19 Phyllomedusa
lemur rana
de árbol amenazada
20 Eleutherodactylus
altae sapo,
rana amenazada
21 Eleutherodactylus
biporcatus sapo,
rana amenazada
22 Eleutherodactylus
gollmeri sapo,
rana amenazada
23 Eleutherodactylus
mimus sapo,
rana amenazada
24 Eleutherodactylus
noblei sapo,
rana amenazada
25 Eleutherodactylus
rugulosus sapo,
rana amenazada
Especies de
reptiles amenazadas
Especie Nombre común Situación
1 Caiman cocrodilus caimán reducida
2 Crocodylus acutus cocodrilo peligro
3 Kinosternon angustipons tortuga candado amenazada
4 Chelydra serpentina Tortuga lagarto peligro
5 Thecadactylus rapicauda gecko amenazada
6 Iguana iguana iguana verde amenazada
7 Norops carpenteri lagartija amenazada
8 Norops fungosus lagartija amenazada
Especie Nombre común Situación
9 Norops lemurinus lagartija amenazada
10 Norops
pentaprion lagartija amenazada
11 Norops
sericeus lagartija amenazada
12 Dactyloa
frenata lagartija amenazada
13 Dactyloa
insignis lagartija amenazada
14 Polychrus
gutturosus lagartija amenazada
15 Ptychoglossus
plicatus lagartija amenazada
16 Lepidophyma
reticulatum perro
zompopo amenazada
17 Celestus
hylaeus lagartija amenazada
18 Boa constrictor boa, béquer amenazada
19 Corallus
annulatus boa amenazada
20 Epicrates
cenchria boa amenazada
21 Clelia
clelia zopilota amenazada
22 Geophis
ruthveni culebra
de tierra amenazada
23 Sibon
Aarhus culebra amenazada
24 Trimetopon
pliolepis culebra amenazada
25 Trimetopon
simile culebra amenazada
26 Trimetopon
viquezi culebra amenazada
27 Ungaliophis
panamensis culebra amenazada
Especies de
peces amenazados
Especie Nombre común Situación
1 Carcharhinus leucas tiburón
toro escaso
2 Pristis perotteti pez sierra escaso
3 Pristis pectinatus pez sierra escaso
4 Centropomus undecimalis robalo escaso
5 Atractosteus tropicus gaspar peligro
6 Rivulus isthmensis olomina amenazado
7 Brachyrhaphis olomina olomina poco común
8 Priapichtys annectens olomina endémico
9 Agonostomus monticola tepemechín amenazado
10 Joturus
pichardi bobo poco
común
Especies de árboles amenazadas
Especie Nombre común Situación
1 Aspidosperma spruceanum amargo, caretigre escasa
2 Tabebuia guayacan corteza, guayacán amenazada
3 Ceiba pentandra ceiba amenazada
4 Copaifera aromatica camíbar amenazada
5 Cynometra retusa guapinol negro muy escasa
6 Prioria copaifera cativo amenazada
7 Sclerolobium costarricense tostado peligro
8 Terminalia amazonia roble coral amenazada
9 Terminalia oblonga surá, guayabón amenazada
10 Dalbergia
melanocardium bálsamo amenazada
11 Dalbergia
glomerata granadillo amenazada
12 Dipteryx
panamensis almendro amenazada
13 Dussia
macroprophyllata sangregao amenazada
14 Hymenolobium
mesoameri-
canum cola
de pavo peligro
15 Platymiscium
pinnatum cachimbo,
cristobal peligro
16 Humiriastrum
diguense chiricano
alegre amenazada
17 Vantanea
barbourii chiricano
triste amenazada
18 Povedadaphne
quadriporata ira
rosa rara
19 Couroupita
guianensis bala
de cañon rara
20 Lecythis
ampla olla
de mono amenazada
21 Ruptiliocarpon
caracolito caracolito amenazada
22 Carapa guianensis caobilla disminuida
23 Cedrela
fissilis cedro
real peligro
24 Cedrela
odorata cedro
amargo amenazada
25 Trichilia
pittieri rara
26 Minquartia
guianensis manú amenazada
27 Podocarpus
guatemalensis cipresillo, pinillo peligro
28 Elaeoluma
glabrescens carey amenazada
29 Sideroxylon
capiri danto amarillo amenazada
30 Christiana
africana piedra rara
31 Vochysia
allenii botarrama rara
32 Qualea paraensis areno amenazada
9º—La
creación de un nuevo Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto en la zona norte
de Costa Rica, diversificará la economía local creando oportunidades en un área
despoblada, en donde el suelo es muy pobre con dependencia de actividades como
agricultura y actividad forestal, sin embargo, la primera tiene tienen un éxito
limitado por problemas de suelos, por lo que los propietarios de tierras están
generalmente abandonando el tipo de vida basado en la agricultura,
reemplazándola por la actividad forestal, debido al atractivo de los incentivos
del gobierno en materia forestal, sin embargo esta actividad provee únicamente
un empleo temporal concentrado en los primeros años. El Refugio Nacional de Vida
Silvestre Mixto Maquenque crearía oportunidades de
empleo para los residentes locales a través del ecoturismo como modo de vida,
incluyendo ingresos generados por el alojamiento y el servicio de guías. El
establecimiento de un área silvestre protegida, seguido por el desarrollo de
servicios básicos de alojamiento, abriría el área para un negocio orientado
hacia la conservación, con los residentes locales como actores principales. El
área protegida propuesta ofrece ríos escénicos como lo son el río San Juan, San
Carlos y Sarapiquí, que atraerían al turismo de
vocación acuática; además de poseer recursos biológicos muy ricos.
10.—Que
el Sistema Nacional de Áreas de Conservación dispone de estudios que justifican
técnicamente la creación de esta área silvestre protegida por su incalculable
valor biológico. Por tanto,
DECRETAN:
Artículo
1º—Crear el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque
de acuerdo a las coordenadas descritas a continuación.
Sector Maquenque-Chaparrón
Nº Lugar Coordenadas
1 Río San Juan, Boca San
Carlos 515900 307750
2 Río San Juan, Boca Caño Copalchí 541400 300450
3 500 metros al sur del Río San Juan 541300 300000
4 Zona de Amortiguamiento Río San Juan-Río
Sarapiquí-Río
Toro (500 metros de ancho al
oeste del Río
San Juan, del Río Sarapiquí y
del Río Toro) 528650 287600
5 Trocha al norte del Asentamiento Valle
Hermoso hasta la calle Golfito-Cureñon 526750 287250
6 Calle Golfito-Cureñon 524750 288350
7 Línea recta hasta la calle Caída de Agua-
Río Toro 523600 288450
8 Calle hacia el cruce de la calle Golfito-
Veracruz (500 metros antes del cruce
de la calle
Golfito-Veracruz) 523000 286200
9 Zona de Amortiguamiento Mollejón-
Quebrada Chaparrón (500 metros de ancho
al norte de la
calle Mollejón-Quebrada
Chaparrón) hasta Quebrada Chaparrón 518050 284950
10 Quebrada Chaparrón hasta la naciente de
Quebrada Chaparrón 514875 282850
11 Zona de Amortiguamiento Quebrada
Chaparrón-Quebrada Grande (500 metros
de ancho al
norte de la carretera Golfito-
Veracruz) hasta el límite noreste de la
Reserva Biológica de Quebrada Grande 513375 281000
12 Límite norte de
de Quebrada
Grande 512850 280900
13 Límite norte de
de Quebrada
Grande 512475 280825
14 Límite norte de
de Quebrada
Grande 512400 280600
15 Límite norte de
de Quebrada
Grande 512000 280650
16 Límite norte de
de Quebrada
Grande 511950 280400
17 Límite norte de
de Quebrada
Grande y quebrada
Quebrada Grande 511700 280300
18 Naciente de la quebrada Quebrada
Grande 512375 281875
19 Trocha Cerro Blanco-Sitio de Cabra hasta
naciente de
Quebrada Ojoche 512600 283250
20 Quebrada Ojoche hasta 500 metros antes
del puente de
la calle Sahino-Boca Tapada 506650 289600
21 Zona de amortiguamiento Sahino-Boca
Tapada-Boca San Carlos (500 metros de
ancho al este
de la calle Sahino-Boca Tapada-
Boca San Carlos hasta el Río San Juan,
Boca San Carlos 515900 307750
Sector El
Jardín
Nº Lugar Coordenadas
1 Río San Juan, Boca
Caño El Jardín 511650 309150
2 Boca Caño El Chile 513800 307000
3 Caño El Chile (500 metros desde el Río
San Juan) 513550 306550
4 Zona de amortiguamiento (500 metros de
ancho al oeste
de la orilla del Río San Juan
y del Río San
Carlos) hasta el Caño Pataste 508750 295300
5 Caño Pataste
hasta la calle Carmen-Jardín 505000 303375
6 Zona de Amortiguamiento Jardín (500 metros
de ancho al
sureste de la calle Jardín-Boca San
Carlos) hasta el cruce Jardín-Caño Pataste 506800 303800
7 Línea recta hasta la naciente del Caño
Pataste 506700 304300
8 Línea recta hasta la naciente del Caño
El Jardín 504950 304900
9 Caño El Jardín hasta Boca Caño El Jardín,
Río San Juan 511650 309150
Artículo
2º—De la delimitación descrita en el artículo anterior, se excluye el
Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Biológico Fronterizo.
Artículo
3º—Deróguense los Decretos Ejecutivos 22990-MIRENEM de creación de la
Reserva Forestal Cerro El Jardín, firmado el día 21 de febrero de 1994 y
publicado en La Gaceta N° 53 del día 16 de marzo de 1994, 23074-MIRENEM
de creación de la Reserva Forestal Cureña, firmado el día 17 de marzo de 1994 y
publicado en La Gaceta N° 67 del 7 de abril 1994, 22965-MIRENEM de
creación del Humedal Laguna de Tamborcito, firmado el día 15 de febrero de 1994
y publicado en La Gaceta N° 48 del día 9 de marzo de 1994, y
22964-MIRENEM de creación del Humedal Palustrito Laguna Maquenque,
firmado el día 15 de febrero de 1994 y publicado en La Gaceta N° 48 del
día 9 de marzo 1994. Estas áreas silvestres protegidas cambian a la categoría
de Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto como parte del Refugio Nacional de
Vida Silvestre Mixto Maquenque.
Artículo 4º—Las
instituciones del Estado que posean tierras en el área territorial que
conformará el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque,
deberán iniciar los trámites administrativos para traspasarlas a la
Administración Forestal del Estado.
Artículo 5º—Rige a
partir de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los
veintitrés días del mes de mayo del dos mil cinco.
ABEL PACHECO
DE LA ESPRIELLA.—El Ministro del Ambiente y
Energía, Carlos Manuel Rodríguez Echando.
Gaceta N° 113, 13 de junio de 2005.
Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
Costa Rica
Normativa de la Administración Pública