Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32315-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política,
Decretan:
Artículo 1º—Amplíese la Convocatoria
a sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa hecha por el Decreto
Ejecutivo Nº 32130-MP del 30 de noviembre del 2004, a fin de que se conozca el
siguiente proyecto de ley:
1. Expediente
15.868. Ley para fomentar el Desarrollo Económico, Social y Turístico en el
cantón de Golfito.
Artículo 2º—Rige a partir del 22 de
abril del 2005.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintidós días del mes de abril del
dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de la Presidencia a. í., Luis Madrigal
Pacheco.
Gaceta N° 178, 16 de setiembre
de 2005.
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Costa Rica
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