Colocado
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SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32309-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política,
Decretan:
Artículo 1º—Retírese del conocimiento
de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa los siguientes proyectos
de ley:
1) Expediente
14.038. Reforma del inciso 13) del artículo 121 y del artículo 174 y adición de
un párrafo al artículo 175 de la Constitución Política.
2) Expediente
14.730. Reforma del artículo 192 de la Constitución Política para garantizar la
negociación Colectiva en el Sector Público.
3) Expediente
14.973. Reforma del inciso 4 del artículo 121 y del inciso 10) del artículo 140
de la Constitución Política.
4) Expediente
15.005. Reforma al artículo 50 de la Constitución Política para incorporar el
derecho de nuestro pueblo a la Alimentación y a la Preservación de su soberanía
alimentaria.
5) Expediente
15.581. Reforma al inciso 4) del artículo 147 de la Constitución Política.
Artículo 2º—Rige a partir del 19 de
abril del 2005.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del
dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth
Saborío Chavarri.
Gaceta N° 178, 16 de setiembre
de 2005.
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