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32309-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política,

Decretan:

Artículo 1º—Retírese del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa los siguientes proyectos de ley:

1)  Expediente 14.038. Reforma del inciso 13) del artículo 121 y del artículo 174 y adición de un párrafo al artículo 175 de la Constitución Política.

2)  Expediente 14.730. Reforma del artículo 192 de la Constitución Política para garantizar la negociación Colectiva en el Sector Público.

3)  Expediente 14.973. Reforma del inciso 4 del artículo 121 y del inciso 10) del artículo 140 de la Constitución Política.

4)  Expediente 15.005. Reforma al artículo 50 de la Constitución Política para incorporar el derecho de nuestro pueblo a la Alimentación y a la Preservación de su soberanía alimentaria.

5)  Expediente 15.581. Reforma al inciso 4) del artículo 147 de la Constitución Política.

Artículo 2º—Rige a partir del 19 de abril del 2005.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chavarri.

Gaceta N° 178, 16 de setiembre de 2005.

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