Colocado
en Internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32298-MTSS
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
En uso de
las facultades que les confieren los artículos 140 y 146 de la Constitución
Política y artículos 27 y 28 de la Ley General de la Administración Pública,
número 6227 del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—El
profundo sentimiento religioso arraigado en el pueblo costarricense.
2º—El impacto social y
espiritual que ha tenido el pensamiento cristiano, tal cual manifestado por Su
Santidad Juan Pablo II, durante todo su Pontificado.
3º—Que el deceso de Su Santidad
Juan Pablo II, acaecido el día dos de abril del dos mil cinco, ha provocado un
profundo dolor en los diferentes estrados de la sociedad costarricense. Por
tanto:
Decretan:
Artículo
1º—Se autoriza a todos los funcionarios y funcionarias de la
Administración Central para que el día siete de abril del dos mil cinco, a partir
de las diez horas y hasta las doce horas treinta minutos, asistan, y participen
de la Misa Solemne a oficiarse en memoria de Su Santidad Juan Pablo II, en la
Catedral Metropolitana, sin detrimento de la continuidad en la prestación de
todos los servicios públicos.
Artículo 2º—Se insta a las
instituciones autónomas y semiautónomas, para que igualmente concedan permiso a
sus funcionarios.
Dado en la
Presidencia de la República. —San José, a los cinco días del mes de abril
del dos mil cinco.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI. —El Ministro de Trabajo y Seguridad Social a. í., Jeremías
Vargas Cavaría.
Gaceta N°
71, 14 de abril de 2005.
Colocado
en Internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
Costa Rica
Normativa de la Administración Pública