Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32297-MP
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política.
Decretan:
Artículo 1º—Retírese del conocimiento
de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de
ley:
1. Expediente
Nº 15.093. Derogar la Ley 7817, Creación de la Casa Hogar de la Tía Tere de 5 de setiembre de 1998.
Artículo 2º—Rige a partir del 5 de
abril del 2005.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cinco días del mes de abril del dos
mil cinco.
LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El
Ministro de la Presidencia a. í., Luis A. Madrigal Pacheco.
Gaceta N° 178, 16 de setiembre
de 2005.
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