Colocado
en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
32207-C
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146,
de la Constitución Política, y en los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) de
la Ley General de la Administración Pública, y,
Considerando:
1º—Que en el año 2006 se celebrará el Sesquincentenario de la Campaña Nacional contra los
Filibusteros 1856 - 1857.
2º—Que estos hechos históricos han sido de gran relevancia para la
evolución de la cultura e idiosincrasia costarricense.
3º—Que es obligación del Estado promover, apoyar y realizar
actividades que desarrollen el valor de la cultura histórica en los
costarricenses y que difundan los hechos que han fortalecido nuestras
instituciones democráticas. Por tanto:
Decretan:
Artículo 1°—Declarar de interés cultural y
público las actividades de Conmemoración del Sesquincentenario
de la Campaña Nacional contra los Filibusteros 1856 - 1857.
Artículo 2°—Las entidades públicas y privadas podrán brindar las
facilidades y cooperación necesarias dentro del marco de sus competencias, para
la organización y desarrollo de estas actividades.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de noviembre del
dos mil cuatro.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El
Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Guido Sáenz González.
Gaceta N° 46, 07 de marzo de 2005.
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