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32207-C

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146, de la Constitución Política, y en los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, y,

Considerando:

1º—Que en el año 2006 se celebrará el Sesquincentenario de la Campaña Nacional contra los Filibusteros 1856 - 1857.

2º—Que estos hechos históricos han sido de gran relevancia para la evolución de la cultura e idiosincrasia costarricense.

3º—Que es obligación del Estado promover, apoyar y realizar actividades que desarrollen el valor de la cultura histórica en los costarricenses y que difundan los hechos que han fortalecido nuestras instituciones democráticas. Por tanto:

Decretan:

Artículo 1°—Declarar de interés cultural y público las actividades de Conmemoración del Sesquincentenario de la Campaña Nacional contra los Filibusteros 1856 - 1857.

Artículo 2°—Las entidades públicas y privadas podrán brindar las facilidades y cooperación necesarias dentro del marco de sus competencias, para la organización y desarrollo de estas actividades.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de noviembre del dos mil cuatro.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Guido Sáenz González.

Gaceta N° 46, 07 de marzo de 2005.

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