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Costa Rica - Desde 1983
29758-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
1º—Que la Asamblea Legislativa mediante Ley Nº 8072 del 14 de febrero del 2001, publicada en La Gaceta Nº 147 del 1º de agosto del 2001, aprobó el acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982.
2º—Que según el artículo 4º, inciso 5 los instrumentos de ratificación de depositarán en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. Por tanto,
En uso de las facultades que les confieren los incisos 10 y 12, del artículo 140 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.
Decretan:
Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica del acuerdo relativo a la Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982.
Artículo 2º—Rige a partir de la fecha.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los seis días del mes de agosto del dos mil uno.
MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Rojas.
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