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29525-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Considerando:

1º—Que la Asamblea Legislativa mediante Ley Nº 8083 del día 7 de febrero del 2001, publicada en La Gaceta Nº 56 del día 20 de marzo del 2001, aprobó el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, suscrito el 7 de octubre de 1998.

2º—Que según el artículo 126 los instrumentos de ratificación se depositarán en Poder del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas. Por tanto,

En uso de las facultades que les confieren el inciso 10) y 12) del artículo 140 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

Decretan:

Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, suscrito el 7 de octubre de 1998.

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha,

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de mayo del dos mil uno.

MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Rojas.

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