aSegunda Vicepresidencia de la República
Proyecto de Reforma del Marco Legal de la Administración Pública
29214-MEP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las atribuciones que les confiere el artículo 140 inciso 18), de la Constitución Política y el artículo 27.1 de la Ley General de la Administración Pública, y
Considerando
1. Que del 7 al 9 de marzo del 2001, se llevará a cabo en nuestro país el VIII Encuentro Nacional de Investigadores en Educación.
2. Que esta actividad constituye un encuentro importante para la actualización v capacitación de los educadores del país, así como un aporte al mejoramiento del proceso educativo nacional, por medio de la promoción y el desarrollo de la investigación educativa.
3. Que el Encuentro Nacional de Investigadores en Educación es organizado por el Ministerio de Educación Pública, la Universidad Estatal a Distancia, la Universidad Nacional, el Instituto Tecnológico de Costa Rica y el Consejo Nacional de Investigación en Ciencias y Tecnología, el Instituto Nacional de Aprendizaje y los Colegios Universitarios.
4. Que es interés del Poder Ejecutivo estimular este tipo de iniciativas que permiten promocionar la investigación educativa nacional. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Declarar de interés público el VIII Encuentro Nacional de Investigadores en Educación, que se llevará a cabo del 7 al 9 de marzo del 2001.
Artículo 2º—Se insta a las instituciones públicas y privadas a brindar el apoyo y las facilidades que estén a su alcance para la exitosa realización del evento.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve día del mes de enero del dos mil uno.
MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Educación Pública, Guillermo Vargas Salazar.
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