Colocado en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
28936-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en lo establecido en el artículo 140, inciso 8) de la Constitución Política, en el artículo 105 de la Ley Nº 7494 denominada Ley de la Contratación Administrativa y el artículo segundo del Decreto Ejecutivo Nº 28656-H.
Decretan:
"CREACIÓN DE LA PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA"
Artículo 1º—Se crea la Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública, la cual se regirá por lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo Nº 28656-H.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los treinta días del mes de agosto del dos mil.
MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch.—1 vez.—(Solicitud Nº 35336-Hacienda).—C-2850.—(62034).
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