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28879-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3 y 18, 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública, 80 de la Ley 7097 y la Ley 6821 y su Reglamento,
Considerando:
1º—Que la Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera y tiene a su cargo la coordinación y fiscalización de la actividad de las aduanas y dependencias a su cargo, para asegurar la aplicación correcta y uniforme del régimen jurídico aduanero, acorde con sus fines y los objetivos del Servicio Nacional de Aduanas.
2º—Que la Dirección General de Aduanas ha incrementado el tiempo de jornada laboral, dado el aumento del Comercio Internacional, el establecimiento de nuevas zonas francas y la urgente necesidad de hacer efectiva su potestad de fiscalización, debiendo coordinar y dar seguimiento a los servicios que brinda el Servicio Nacional de Aduanas, con el fin de mantener una calidad óptima en estos.
3º—Que la Dirección General de la Tributación es el órgano superior competente en materia de recaudación, control y fiscalización del sistema tributario.
4º—Que a efecto de mejorar y agilizar la efectiva recaudación de los tributos, la Dirección General de Tributación requiere incrementar su personal.
5º—Que el artículo primero del Decreto Nº 28406-H publicado el 4 de febrero del 2000, establece que la Autoridad Presupuestaria no considerará solicitudes para la creación de plazas durante el período presupuestario del 2000, por lo que es necesario excluir al Ministerio de Hacienda de la aplicación del citado artículo. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Exceptúase al Ministerio de Hacienda de la aplicación del Decreto Ejecutivo N° 28406-H, publicado en La Gaceta N° 25 del 4 de febrero del 2000, para crear sesenta y cinco plazas, en la Dirección General de Aduanas y diez en la Dirección de Tributación.
Artículo 2º—Este decreto rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de agosto del dos mil.
MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch Goldberg.—1 vez.—(Solicitud Nº 35323).—C-5700.—(55357).
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