Colocado en internet con el auspicio de

A     B     O     G     A     D     O   S
Costa Rica - Desde 1983

Costa Rica
Normativa de la Administración Pública

Volver a la página principal

28801-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En virtud de las facultades y atribuciones que les confiere el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política y de conformidad con lo estipulado y dispuesto por los numerales 25, 27 inciso 1) y 28 párrafo 2 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública y los ordinales 102, 103 y 104 de la Ley sobre Régimen de Relaciones entre Productores, Beneficiadores y Exportadores de Café y sus reformas, por Ley Nº 7736 del 19 de diciembre de 1997.

Decretan:

Artículo 1—Modificar el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 27143-MP de fecha 24 de junio de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 131 del 8 de julio de 1998, de la siguiente manera:

"Artículo 2—Nombrar al señor Alberto Dent Zeledón, con cédula de identidad número uno-trescientos treinta y tres-ciento cincuenta y seis, como Representante Suplente del Poder Ejecutivo ante la Junta Directiva del Instituto del Café de Costa Rica."

Artículo 2—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de julio del dos mil.

MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de la Presidencia, Danilo Chaverri Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 136-00).—C-4000.—(48451).

Colocado en internet con el auspicio de

A     B     O     G     A     D     O   S
Costa Rica - Desde 1983

Costa Rica
Normativa de la Administración Pública

Volver a la página principal