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28796-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que le confieren los incisos 3) y 18) del numeral 140 de la Constitución Política, los artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley Nº 5251.

Considerando:

1º—Que la Ley Nº 5251 faculta a la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI) para representar los genuinos intereses de los indígenas de Costa Rica, sirviendo de facilitador de recursos y prestando servicios a este grupo social, con el fin de integrar las diversas comunidades aborígenes al proceso de desarrollo.

2º—Que a la entidad le corresponde promover el mejoramiento social, económico y cultural de la población indígena con miras a elevar sus condiciones de vida, por medio de la prestación de servicios, así como con el programa de vivienda en beneficio de las comunidades indígenas, por lo que requiere presupuestar los recursos necesarios.

3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 28046-H, publicado en La Gaceta Nº 161 del 19 de agosto de 1999 y sus reformas, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2000, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo los límites de gasto presupuestario y de gasto efectivo del presente año, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

4º—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el límite de gasto presupuestario fijado a CONAI en el decreto citado. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase el límite de gasto presupuestario establecido en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 28046-H y sus reformas a la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, fijándolo en ¢139,1 millones.

Artículo 2º—El límite de gasto efectivo se mantiene en ¢124,3 millones.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de julio del dos mil.

MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—La Ministra de Hacienda a.i., Edna Camacho M.—1 vez.—(Solicitud Nº 35280).—C-6300.—(48446).

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