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28768-MEIC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
En uso de las atribuciones que les confiere el artículo 140 de la Constitución Política en sus incisos 3) y 18); el artículo 28.2b de la Ley General de Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que el artículo 3º de la Ley de la Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, establece que: "los trámites y los requisitos de control y regulación de las actividades económicas no deben impedir, entorpecer ni distorsionar las transacciones en el mercado interno ni internacional. La Administración Pública debe revisar, analizar y eliminar, cuando corresponda esos trámites para proteger el ejercicio de la libertad de empresa y garantizar la defensa de la productividad..."
2º—Que los numerales 15 y 16 de la Ley General de Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas, establecen que la Administración debe actuar en observancia y respeto de los principios contemplados en y dentro de los límites que imponen la eficiencia, razonabilidad, proporcionalidad y el mismo ordenamiento jurídico.
3º—Que se han simplificado muchos de los complejos trámites que justificaron la creación del Sistema de Ventanilla Única de Trámites Industriales (VUTI) por Decreto Ejecutivo Nº 25911-MEIC del 25 de febrero de 1997, tal es el caso del registro de los productos químicos, permisos de funcionamiento y visado de planos para la construcción.
4º—Que es conveniente que la Administración dedique esos recursos a apoyar otros sistemas de información de apoyo al sector industrial. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 25911-MEIC, del 25 de febrero de 1997, publicado en La Gaceta Nº 68 del 9 de abril de 1997, el cual creó el Sistema de Ventanilla Única de Trámites Industriales (VUTI).
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los seis días del mes de julio del año dos mil.
MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Tomás Dueñas Leiva.—1 vez.—(Solicitud Nº 33833).—C-5700.—(45557).
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