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A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
28740-MAG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, la Ley Nº 7064 de 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública,
Considerando:
1º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 27307-MAG de 5 de agosto de 1998, se creó un Comité de Laboratorios de Análisis de Suelos, Plantas y Aguas del Sector Agropecuario, con énfasis en fertilidad de suelos y nutrición de plantas.
2º—Que en el decreto indicado se establece la posibilidad de integrar a dicho Comité, representantes de otros laboratorios que presentaren solicitud formal en ese sentido, lo cual han realizado los laboratorios de suelos del CATIE y de la UNA, siendo procedente entonces su incorporación formal al mismo. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Intégresen al Comité de Laboratorios de Análisis de Suelos, Plantas y Aguas del Sector Agropecuario, representantes de los siguientes laboratorios:
- Un representante del Laboratorio de Suelos del Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE)
- Un representante del Laboratorio de Suelos de la Universidad Nacional (UNA)
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de junio del año dos mil.
MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Esteban R. Brenes.—1 vez.—(Solicitud Nº 28186).—C-5150.—(42249).
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