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28607-H

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del numeral 140 de la Constitución Política, los artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública y el Decreto Ejecutivo Nº 26994-C del 29 de abril de 1998 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Orquesta Sinfónica Nacional está facultada para difundir, proyectar y enseñar la música sinfónica, sinfónica coral e instrumental.

2º—Que la entidad requiere presupuestar los recursos necesarios para destinarlos a la gira que realizará la Orquesta Sinfónica Juvenil con el fin de participar en el XIX Festival Internacional de Orquestas de Jóvenes, a celebrarse en Murcia, España.

3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 28046-H, publicado en La Gaceta Nº 161 del 19 de agosto de 1999 y sus reformas, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2000, las cuales fueron debidamente sancionadas y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo los límites de gasto presupuestario y de gasto efectivo del presente año, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado órgano colegiado.

4º—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el límite de gasto de la Orquesta Sinfónica Nacional para el año 2000. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1º—Modificase el límite de gasto presupuestario y efectivo establecido para la Orquesta Sinfónica Nacional en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 28046-H y sus reformas, fijándolo en ¢505.0 millones.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los treinta y un días del mes de marzo del dos mil.

MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch.—1 vez.—(Sol. 26275 Hacienda).—C-5350.—(27151).

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