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28575-MP-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA

Y DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), y 18) de la Constitución Política de la República; y el inciso 2. b) del artículo 28 de la Ley General de Administración Pública, número 6227 del 2 de mayo de 1978;

DECRETAN:

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 27351MP-MEIC de Creación de la Comisión Nacional de Desregulación para que se agregue un inciso e) que diga lo siguiente:

e) Dos representantes de la Fundación CRUSA, quienes se mantendrán en sus cargos hasta el día 30 de setiembre del 2002.

Lo demás sigue igual.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintitrés días del mes de marzo del dos mil.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—Los Ministros de la Presidencia, Danilo Chaverri Soto y de Economía, Industria y Comercio, Samuel Guzowski Rose.—1 vez.—(Solicitud Nº 33862).—C-4200.—(22764).

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