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SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
28481-MP-MEP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA
Y DE EDUCACION PUBLICA
En virtud de las facultades y atribuciones que les confieren los artículos 140 inciso 20) de la Constitución Política; los numerales 25 párrafo primero y 27 párrafo primero de la Ley General de la Administración Pública; y
Considerando:
1º—Que el Gobierno de la República y el pueblo costarricense se encuentran conmovidos por la reciente tragedia ocurrida en La Fortuna de Bagaces a raíz del accidente sufrido por el autobús que transportaba estudiantes al Colegio Técnico Profesional de dicha comunidad.
2º—Que sentidos ante tan fatal acontecimiento, el Gobierno de la República estima importante y necesario llamar a la reflexión sobre el creciente problema de violencia, accidentes, irresponsabilidad y muertes en las carreteras.
3º—Que el sentimiento de compunción que embarga a la población nacional conjuga con los actos de solidaridad que el Gobierno de la República hace extensivos a los familiares de las víctimas. Por tanto:
Decretan
Artículo 1º—Declárase el veintitrés de febrero del presente año como Día de Duelo Nacional por la reciente tragedia ocurrida en La Fortuna de Bagaces.
Artículo 2º—Se dispone realizar, en tal fecha, un minuto de silencio, preferiblemente a las diez horas, en memoria de las víctimas en todos los centros educativos del país.
Artículo 3º—Durante ese día el Pabellón Nacional se mantendrá a media asta en todos los edificios públicos.
Artículo 4º—Procédase en todos los centros educativos del país a efectuar el día veintitrés de febrero una reflexión crítica sobre las causas y soluciones para el problema de la violencia, accidentes, irresponsabilidad y muertes en las carreteras.
Artículo 5º—Se solicita a todos los medios de comunicación del país, convocar a todas las personas a cumplir con sus responsabilidades personales para evitar este tipo de desgracias.
Artículo 6º—Rige a partir de su emisión.
Otorgado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintidós días del mes de febrero del dos mil.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—Los Ministros de la Presidencia, Danilo Chaverri Soto, y de Educación Pública, Guillermo Vargas Salazar.—1 vez.—(Solicitud Nº 70-2000).—C-7200.—(15363).
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