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28334-H

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA,

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del numeral 140 de la Constitución Política, en los artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública y en la Ley Nº 5337.

Considerando:

1º—Que la Ley Nº 5337, establece que la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) entre otros fines, promoverá el desarrollo socioeconómico de manera integral y eficiente de la Vertiente Atlántica.

2º—Que es de interés del Gobierno de la República, que la entidad asigne y ejecute recursos para terminar la pavimentación del asfaltado de Puerto Viejo Manzanillo.

3º—Que el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 27323-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 189, del 29 de setiembre de 1998, señala los límites de gasto presupuestario y efectivo de 1999, para las entidades públicas cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

4º—Que es necesario ampliarle a JAPDEVA los límites de gasto presupuestario y efectivo total para 1999. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1º—Modifícanse para la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, los límites de gasto presupuestario y efectivo total de 1999, establecidos en el Decreto Ejecutivo Nº 27323-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 189, del 29 de setiembre de 1998, de manera que el gasto presupuestario y efectivo total de la Junta no podrán exceder la suma de ¢14.621,63 millones y ¢13.618,57 millones respectivamente, en este período.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch Goldberg.—1 vez.—(Solicitud Nº 31250.—C-3250.—(82921).

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