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28218-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Considerando:

1º—Que la Asamblea Legislativa mediante ley Nº 7882 del día 9 de junio de 1999, publicada en "La Gaceta" Nº 132 del ocho de julio de 1999, aprobó el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y República Dominicana, su Protocolo y Anexos, suscrito el 16 de abril de 1998 y 29 de noviembre de 1998 respectivamente.

2º—Que de conformidad con el artículo 20.07 del Capítulo XX, este Tratado entrará en vigor el 1º de enero de 1999 una vez que las partes se intercambien los instrumentos de ratificación. Por tanto,

En uso de las facultades que les confieren el inciso 10 y 12 del artículo 140 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

Decretan:

Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y República Dominicana su Protocolo y Anexos, suscrito el 16 de abril de 1998 y 29 de noviembre de 1998 respectivamente.

Artículo 2º—Rige a partir de la publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiún días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Rojas.—1 vez.—(Solicitud Nº 14938).—C-2100.—(73048).

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