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28194- H

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del numeral 140 de la Constitución Política, los Artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública y las Leyes Nº 59 y Nº 4381.

Considerando:

1. Que mediante Ley Nº 59 del 1º de enero de 1944, se creó el Instituto Geográfico Nacional, hoy constituido como la autoridad oficial en la ejecución de la Carta Geográfica y Mapa Catastral de la República, así como en la realización de estudios e investigaciones de carácter geográfico, geodésico y de índole similar.

2°—Que según lo estipulado en la Ley Nº 4381, al Instituto Geográfico Nacional se le confieren recursos que son destinados al Departamento Topográfico.

3°—Que para cumplir con las atribuciones que le confieren las citadas Leyes, es necesario que el Instituto Geográfico Nacional asigne recursos para actividades en materia de densificación de mojones en ambas fronteras del país, cumplimiento de compromisos internacionales y realizar inspecciones para certificar el posicionamiento de inmuebles en violación de zonas públicas.

4°—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 27323-H, publicado en "La Gaceta" Nº 189 del 29 de setiembre de 1998, se establecieron los límites de gasto presupuestario y gasto efectivo del Instituto Geográfico Nacional.

5°—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar al Instituto Geográfico Nacional, el límite de gasto presupuestario y efectivo establecido en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 27323-H. Por Tanto,

Decretan:

Artículo 1°—Amplíase el Límite de Gasto Presupuestario y Efectivo para 1999, determinado para el Instituto Geográfico Nacional, en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 27323-H, estableciéndose en un monto de ¢122.8 millones de colones.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch Goldberg.—1 vez.—(Solicitud Nº 31219).—C-3250.—(70094).

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