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A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
28181-H
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que le confieren los incisos 3) y 18) del numeral 140 de la Constitución Política, los artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública, ley Nº 7001 y ley Nº 6821.
Considerando:
1º—Que mediante ley N° 7001 del 1º octubre de 1985, se le confiere al Instituto Costarricense de Ferrocarriles, la administración del sistema de transporte ferroviario para el servicio de pasajeros y de carga.
2º—Que la entidad para cumplir con los objetivos institucionales y cubrir las necesidades que demanda actualmente el país en materia ferroviaria, le es necesario ampliar su marco de operación en nuevos proyectos con miras a generar un segmento de mercado para los concesionarios.
3º—Que la institución requiere la ampliación de los límites de gasto establecidos para el presente período, a fin de poder contar con los recursos necesarios para hacerle frente a los gastos de operación que generarían los nuevos proyectos a realizar en el segundo semestre y que se consideran prioridad en el Gobierno.
4º—Que el decreto ejecutivo N° 27528-H publicado en "La Gaceta" Nº6 del lunes 11 de enero de 1999, establece en el artículo 1º el límite de gasto presupuestario y efectivo para 1999, para algunas entidades públicas cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.
5º—Por lo anterior, es necesario ampliarle al Instituto Costarricense de Ferrocarriles los límites de gasto Presupuestario y Efectivo establecidos en el artículo 1º del decreto ejecutivo N° 27528-H para 1999, dentro del límite presupuestario del Sector Transporte. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Amplíase el límite de gasto presupuestario y efectivo establecido en el decreto ejecutivo Nº 27528-H, publicado en "La Gaceta" Nº 6 del 11 de enero de 1999, según el monto que se consigna a continuación:
Entidad Monto (millones de colones)
Instituto Costarricense de Ferrocarriles 1097.0
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch.—1 vez.—(Solicitud Nº 31216).—C-2650.—(68771).
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