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28170-J-MEP

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y LOS MINISTROS DE JUSTICIAY GRACIA

Y EDUCACION PUBLICA

En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política,

Considerando:

1º—Que el Plan Nacional de Rescate y Fortalecimiento de Valores es dirigido por la Comisión Nacional de Rescate y Formación de Valores y está declarado de interés nacional.

2º—Que mediante este Plan la Comisión pretende rescatar y fortalecer todos aquellos valores que gestaron la Nacionalidad Costarricense.

3º—Que es fundamental promover el fortalecimiento de estos valores mediante la manifestación de actitudes personales y sociales que conduzcan al crecimiento y formación integral de individuo.

4º—Que es importante establecer un día nacional que conmemore estas actitudes y simbolice la lucha permanente por la ética y los valores fundamentales de la sociedad costarricense. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Declarase el 1º de octubre como Día Nacional del Rescate y Formación de Valores.

Artículo 2º—Para conmemorar este día, se organizarán actividades relacionadas con la defensa y fortalecimiento de los valores fundamentales de la sociedad costarricense por parte de las entidades públicas correspondientes, en coordinación con la Comisión Nacional de Rescate y Formación de Valores.

Artículo 3º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Plaza de la Democracia.—San José, el primer día del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—Los Ministros de Justicia y Gracia, Mónica Nágel Berger y Educación Pública, Guillermo Vargas Salazar.—1 vez.—(Solicitud Nº 26872).—C-2750.—(68044).

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