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27942-H

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA,

Considerando:

1º—Que el inciso 35) del artículo 7º de la ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998, autoriza al Poder Ejecutivo para que, mediante decreto y a solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, modifique en el transcurso del año la relación de puestos del programa 081-00 Servicio Exterior, y distribuya los gastos de oficinas de cancillerías y gastos de oficinas consulares, con el propósito de adecuarlos a las necesidades actuales.

2º—Que se hace necesario hacer la modificación a la Ley de Presupuesto vigente, solicitada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto mediante el oficio OPSE/99-388 del 5 de mayo de 1999 y el O.P.S.E 445-99 del 25 de mayo de 1999. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase el artículo 2º de la ley Nº 7853 del 4 de diciembre de 1998, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, Fiscal y por Programas para el Ejercicio Económico de 1999, a efecto de distribuir los gastos de oficinas de cancillerías y consulares, en la forma que se indica a continuación:

DISTRIBUIR:

TITULO 107

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

PROGRAMA 081-00

SUBPARTIDA 191

Gastos de Oficinas Consulares

(A distribuir mediante decreto ejecutivo y sujeto a liquidación)

REBAJAR:

Cuota Cuota Cuota

mensual mensual anual

Código Detalle $ ¢ ¢

107.081.00.191.01 Gastos de Oficinas consulares 7.109.699

107.081-00 Servicio Exterior 4.785 1.339.800 12.058.200

107.081-00.04 Oficina Perm. En Norteamérica 4.785 1.339.800 12.058.200

107.081-00.04.0002 New York 2.000 560.000 5.040.000

(Abril - Diciembre)

107.081-00.04.0009 Florida-Miami

(Abril - Diciembre) 2.785 779.800 7.018.200

Total Rebajo de Gastos Consulares

Programa 08100-Servicio Exterior 19.167.899

AUMENTAR:

107.081-00 Servicio Exterior 7.385 2.067.800 18.610.200

107.081-00.04 Ofic. Permanentes en Norteamérica 6.985 1.955.800 17.602.200

107.081-00.04.0002 New York

(Abril - Diciembre) 2.700 756.000 6.804.000

107.081-00.04.0009 Florida - Miami

(Abril - Diciembre) 4.285 1.199.800 10.798.200

107.081-00.06 Ofic. Perm. en C.A., México

y Panamá 400 112.000 1.008.000

107.081-00.06.0006 Panamá - Bocas del Toro

(Abril-Diciembre) 400 112.000 1.008.000

Total Aumento Gastos Consulares

Programa 08100 Servicio Exterior 18.610.200

Suma por Distribuir Gastos Ofic.

Consulares 557.699

Total Aumento de Oficinas

Consulares 19.167.899

TITULO 107

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

PROGRAMA 081-00

SUBPARTIDA 193

Gastos de Oficinas Cancillerías

(A distribuir mediante decreto ejecutivo y sujeto a liquidación)

REBAJAR:

Cuota Cuota Cuota

mensual mensual anual

Código Detalle $ ¢ ¢

107.081.00.193.01 Gastos de Oficinas

cancillerías 23.922.332

107.081-00 Servicio Exterior 14.449 4.045.720 44.502.920

107.081.00.08 Rep Perm. Ante O.E.A 5.300 1.484.000 16.324.000

107.081-00.08.0001 Washington 5.300 1.484.000 16.324.000

(Febrero - Diciembre)

107.081.00.09 Rep Perm. Ante O.N.U. 9.149 2.561.720 28.178.920

107.081-00.09.0001 New York

(Febrero - Diciembre) 9.149 2.561.720 28.178.920

Total Rebajo de Gastos

Cancillerías

Programa 08100-Servicio

Exterior 68.425.252

AUMENTAR:

107.081-00 Servicio Exterior 14.449 4.045.720 48.548.640

107.081.00.08 Rep Perm. Ante O.E.A 5.300 1.484.000 17.808.000

107.081-00.08.0001 Washington

(Enero - Diciembre) 5.300 1.484.000 17.808.000

107.081.00.09 Rep Perm. Ante O.N.U. 9.149 2.561.720 30.740.640

107.081-00.09.0001 New York

(Enero - Diciembre) 9.149 2.561.720 30.740.640

Total Aumento Gastos

Cancillerías

Programa 08100 Servicio Exterior 48.548.640

Suma por Distribuir Gastos Ofic.

Cancillerías 19.876.612

Total Aumento de Oficinas

Cancillerías 68.425.252

Artículo 2º—Este decreto rige a partir de su publicación, excepto en aquellos casos en que se indique otra fecha de vigencia.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch.—1 vez.—(Solicitud Nº 18003).—C-9000.—(38933).

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