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27937-H
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA,
Con fundamento en las atribuciones que le confieren los incisos 3) y 18) del numeral 140 de la Constitución Política, la ley N° 5662 del 23 de diciembre de 1974 y los artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública,
Considerando:
1º—Que mediante la ley 5662 se establece un Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) del cual se destinarán recursos para pagar programas y servicios a las instituciones del Estado, que tienen a su cargo la ayuda complementaria a las familias de escasos recursos económicos.
2º—Que el FODESAF necesita incorporar recursos con el fin de cumplir con los porcentajes de distribución de recursos que sobre el presupuesto de ese Fondo, señalan las leyes establecidas en los diferentes programas.
3º—Que el decreto ejecutivo Nº 27323-H, publicado en "La Gaceta" N° 189 del 29 de setiembre de 1998, establece el límite de gasto presupuestario y efectivo del FODESAF para 1999.
4º—Que por lo anterior, resulta necesario exceptuar al FODESAF del límite de gasto presupuestario fijado en el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 27323-H. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Exceptúase al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares del límite de gasto presupuestario establecido en el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 27323-H.
Artículo 2º—La Autoridad Presupuestaria fijará al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares el nuevo límite de gasto presupuestario para 1999.
Artículo 3º—El límite de gasto efectivo establecido en el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 27323-H se mantiene igual.
Artículo 4º—Durante el período de publicación del decreto y la fijación del nuevo límite de gasto por parte de la Autoridad Presupuestaria, el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares se regirá por el límite presupuestario establecido en el decreto ejecutivo Nº 27323-H.
Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch.—1 vez.—(Solicitud Nº 23574).—C-3200.—(37867).
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