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27708-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Considerando:

I.—Que la Asamblea Legislativa mediante ley Nº 7859 del día 29 de enero de 1999, publicada en "La Gaceta" Nº 27 del día 9 de febrero de 1999, aprobó la Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción, suscrito en Ottawa, Canadá, en diciembre de 1997.

II.—Que según el artículo 17 de este instrumento internacional, este convenio será sometido a ratificación y entrará en vigor en los plazos en que dispone este numeral, dependiendo del número de depósitos que anteriormente se haya efectuado. Por tanto,

En uso de las facultades que les confieren los incisos 10 y 12 del artículo 140 de la Constitución Política de la República de Costa Rica,

Decretan:

Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica a la Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción, suscrito en Ottawa, Canadá, en diciembre de 1997.

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, al primer día del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Rojas L.—1 vez.—(Solicitud Nº 14913).—C-2000.—(16552).

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