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A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
27518-H
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA,
Considerando:
1º—Que el artículo 13 contenido en la ley Nº 7842 del 28 de octubre de 1998, autoriza al Poder Ejecutivo para:
"emitir títulos valores de deuda interna hasta por la suma de doscientos cincuenta mil millones de colones (¢250.000.000.000) para dar cumplimiento al artículo 175 de la ley Nº 7558 del 27 de noviembre de 1995, reformada por la ley Nº 7732 del 27 de marzo de 1998, así como su implementación establecida en el Convenio mediante el cual el Gobierno de la República asume las pérdidas cuasifiscales del Banco Central de Costa Rica, suscrito en San José el 7 de mayo de l998, la suma específica de la emisión de dichos títulos, así como los egresos autorizados en el párrafo anterior, se incorporarán, mediante decreto ejecutivo, al presupuesto de la República. El Ministerio de Hacienda queda autorizado para establecer, vía decreto ejecutivo, el plazo, tipo de interés y demás características de estos títulos, en concordancia con lo establecido en la ley Nº 7558, en su reforma y en el convenio citado."
2º—Que la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, solicitó la confección del presente decreto ejecutivo, mediante oficio Nº DCP-1392/98 del 17 de noviembre de 1998.
3º—Que la Contabilidad Nacional asignó la fuente de financiamiento para la elaboración del presente decreto, mediante oficio D-1391-98 del 20 de noviembre de 1998. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase el inciso b) del artículo 1° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 1998, Nº 7720, en la forma que se indica a continuación:
INCISO B:
AUMENTAR
DETALLE DEL CALCULO DE LOS INGRESOS
EXTRAORDINARIOS INTERNOS PARA EL EJERCICIO ECONOMICO DE 1998
C G S P S R S CONCEPTO MONTO
L R E A U E U
A U C R B N B
S P C T P G R
E O I I A L E
O D R O N
N A T N G
I L
D O
A N
2 0 0 0 0 00 00 INGRESOS DE CAPITAL 250.000.000.000
2 4 0 0 0 00 00 ENDEUDAMIENTO 250.000.000.000
2 4 l 0 0 00 00 INTERNO 250.000.000.000
2 4 l 1 0 00 00 COLOCACION O EMISION DE TITULOS
VALORES DE DEUDA INTERNA 250.000.000.000
2 4 1 1 1 00 00 COLOCACION O EMISION DE TITULOS
VALORES DEL GOBIERNO CENTRAL 250.000.000.000
2 4 1 1 1 01 00 EMISION DE TITULOS VALORES DE
DEUDA INTERNA (Ley Nº 7842 del
28/10/98) 250.000.000.000
2 4 1 0 0 01 12 Títulos Valores Pago Deuda Banco Central
de Costa Rica (Ley Nº 7842 del 28/10/98) 250.000.000.000
TOTAL INGRESOS EXTRAORDINA-
RIOS INTERNOS 250.000.000.000
Artículo 2º—Modifícase el artículo 2° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 1998, Nº 7720 del 28 de noviembre de 1997, en la forma que se indica a continuación:
AUMENTAR:
TITULO 124:
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA
PROGRAMA 825-00:
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA
Registro Contable: 124.825-00
GO IP FF CE CF Concepto Monto ¢
8 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA 250.000.000.000
819 12 251 80 AMORTIZ. DE OTRAS OBLIGACIONES 250.000.000.000
200 BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
(Para atender el pago de las pérdidas cuasi-
fiscales del Banco Central de Costa Rica,
asumidas por el Gobierno de la República,
de conformidad con lo establecido en el
artículo 175 de la ley Nº 7558 del 27/11/95,
reformada por la ley Nº 7732 del 27/3/98;
así como lo dispuesto en el artículo 13
de la ley Nº 7842 del 28/10/98) 250.000.000.000
TOTAL AUMENTO DEL PROGRAMA
825-00 250.000.000.000
TOTAL AUMENTO TITULO 124
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA 250.000.000.000
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de Hacienda, Leonel Baruch.—1 vez.—(Solicitud Nº 5277).—C-7700.—(80613).
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