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27513-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA,

En uso de las facultades conferidas por el artículo 140, inciso 3) de la Constitución Política y el Decreto 27399-MP, publicado en "La Gaceta" Nº 214, del 4 de noviembre de 1998,

Decretan:

Artículo 1º—Modificar el inciso 5) del artículo 3 del decreto 27399-MP, para que adelante se lea sí: "5) Un representante del Centro Nacional de Prevención contra las Drogas."

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, al primer día del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—El Ministro de la Presidencia, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—C-1000.—(80610).

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