Colocado en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
27489-C
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES
Con fundamento en el artículo 25.1 de la Ley General de la Administración Pública y el decreto ejecutivo Nº 11496-C del 14 de mayo de 1980, publicado en "La Gaceta" Nº 102 del 29 de mayo del mismo año y,
Considerando:
1º—Que mediante decreto ejecutivo Nº 24293-C del 2 de mayo de 1995, publicado en "La Gaceta" Nº 110 del 8 de junio del mismo año, se reformó el artículo 1° del decreto ejecutivo Nº 11496-C, Reglamento del Museo Nacional reduciendo la integración de su Junta Administrativa a siete miembros.
2º—Que mediante sesión ordinaria Nº 680 del 27 de agosto de 1998, la Junta Administrativa del Museo Nacional acordó gestionar ante las instancias correspondientes la modificación del artículo 2° del citado Reglamento, con la finalidad de adecuar el quórum a los requerimientos de la nueva integración. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Refórmase el artículo 2° del decreto ejecutivo Nº 11496-C del 14 de mayo de 1980, Reglamento del Museo Nacional, para que se lea de la siguiente manera:
"Artículo 2º—La Junta celebrará por lo menos una sesión cada mes, en la fecha y lugar en que ella designe y además, las sesiones extraordinarias que se requieran a juicio del Presidente de la Junta; de tres de sus miembros o de la Dirección del Museo. Habrá quórum cuando concurran cuatro de los miembros. Las convocatorias se harán siempre por escrito."
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes, Astrid Fischel Volio.—1 vez.—(Solicitud Nº 14828).—C-2550.—(78523).
Colocado en internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983