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SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
27457-G-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA
Y DE SEGURIDAD PUBLICA,
En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 18) y 20) de la Constitución Política y en ejecución de las disposiciones contenidas en los artículos 42, 43 y concordantes de la Ley General de Migración y Extranjería
Considerando:
1º—Que vivimos uno de los dramas humanos, sociales, ambientales y económicos más profundos de la historia centroamericana, como resultado de los devastadorcs efectos causados por el huracán Mitch.
2º—Que atendiendo al Acuerdo de la Reunión de Presidentes, realizada en Comalapa, El Salvador, el 9 de noviembre de 1998, e inspirados en los principios de solidaridad humana, el Gobierno de Costa Rica estima oportuno conceder a los inmigrantes irregulares centroamericanos que residen actualmente en nuestro país, la oportunidad de normalizar su situación legal migratoria, con el fin de evitar su deportación y el consecuente agravamiento de la situación actual de la región. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Poner en vigencia por un lapso de seis meses un régimen de excepción destinado a facilitar la radicación de aquellos ciudadanos centroamericanos que actualmente residan en forma irregular en el país.
Artículo 2º—Este régimen de excepción será aplicable a todo ciudadano centroamericano que actualmente resida en el país y que haya ingresado con anterioridad al día nueve de noviembre de 1998.
Artículo 3º—El Ministerio de Gobernación y Policía, a través de la Dirección de Migración y Extranjería, establecerá por vía de reglamento los requisitos, lugares de recepción y aspectos operativos del Régimen.
Artículo 4º—Rige a partir del primero de febrero de 1999.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA.—Los Ministros de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, Juan Rafael Lizano Sáenz, y de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Rojas.—1 vez.—(Solicitud Nº 18604).—C-3100.—(77130).
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